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América Latina
Colombia. Invima hace precisiones sobre el fármaco para interrumpir embarazos
El Tiempo, 9 de noviembre de 2012
http://www.eltiempo.com/vida-de-hoy/salud/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-12370573.html
El Invima reiteró que desde mediados del 2007 existe un concepto ampliado de la indicación del misoprostol (incluido en el POS para ser usado en la interrupción voluntaria de embarazos en los casos autorizados por la ley), emitido por la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora de esta entidad.
El concepto, que se produjo por solicitud del Ministerio de Salud y Protección Social, tuvo en cuenta el perfil farmacológico conocido en el medio científico de este principio activo.
La Sala consideró que puede ser usado como oxitócico (sustancia que aumenta las contracciones del útero) en las circunstancias señaladas por la sentencia C-355 del 2006 –que despenalizó el aborto en casos de violación, riesgo para la vida de la madre e inviabilidad del feto-, y también en lo dispuesto en el decreto 4444 y la resolución 3905, del mismo año.
La solicitud de ampliación del concepto se debió, en parte, a que hasta el 2007 el misoprostol solo estaba autorizado para el tratamiento de males gástricos.
En carta enviada a El Tiempo, el Invima aclara que “los médicos tratantes deben tener presente siempre los riesgos y efectos colaterales asociados al uso de un medicamento o prescripción de fármacos por fuera de las indicaciones autorizadas por la entidad, y siempre salvaguardar la seguridad de los pacientes”.
Otros usos del fármaco
Hoy, el registro sanitario del misoprostol también cobija el tratamiento de úlceras gástricas, la maduración del cuello uterino para procedimientos como la histeroscopia y la colocación del DIU, y la evacuación del útero en casos de feto muerto (si se presenta en el segundo y tercer trimestre).