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ECONOMÍA Y ACCESO

Tratados de Libre Comercio, Exclusividad en el Mercado, Patentes

Declaración de Washington en Propiedad Intelectual e Interés Público
http://www.cccb.org/lab/es/ici/declaracio-de-washington-sobre-propietat-intel%C2%B7lectual-i-interes-public/

El Congreso Mundial sobre la Propiedad Intelectual y el Interés Público, que tuvo lugar entre el 25 y el 27 de agosto de 2011, convocó a más de 180 expertos de 32 países y seis continentes para ayudar a rearticular la dimensión de interés público en las normativas referentes a la Ley de Propiedad Intelectual. Este documento recoge las conclusiones del Congreso y ahora está abierto para aprobaciones y comentarios en http://infojustice.org/washington-declaration

Preámbulo
El tiempo es la esencia. En los últimos veinticinco años se ha producido una expansión sin precedentes de la autoridad legal ejercida por los titulares de derechos de propiedad intelectual. Esta expansión ha sido impulsada por los gobiernos de los países desarrollados y las organizaciones internacionales, que han adoptado la maximización del control de la propiedad intelectual como un principio político fundamental. Esta visión ha sido exportada al resto del mundo de manera creciente.

Durante el mismo período, ha surgido por parte de amplias coaliciones de grupos de la sociedad civil y gobiernos de países en desarrollo la necesidad de un enfoque más equilibrado para la protección de la propiedad intelectual. Estas coaliciones han apoyado nuevas iniciativas para promover la innovación y la creatividad, aprovechando las oportunidades que ofrecen las nuevas tecnologías. Hasta ahora, sin embargo, ni los riesgos sustanciales del maximalismo de la propiedad intelectual ni los beneficios de los enfoques más abiertos son adecuadamente comprendidos por los responsables de la mayoría de las políticas o los ciudadanos. Esto debe cambiar si lo que se quiere es que se mantenga la noción de interés público distinta a los intereses privados dominantes.

La próxima década será probablemente determinante. Un cuarto de siglo de cambios adversos en el sistema internacional de propiedad intelectual que están a punto de convertirse en irreversibles en la práctica, por lo menos en la vida de las generaciones presentes. La propiedad intelectual puede fomentar la innovación, la creatividad y el desarrollo cultural. Pero un viejo proverbio enseña que «hasta lo bueno en exceso es malo», y tal dicho es aplicable aquí. Los defensores del interés público deben adoptar la tarea de crear una acción coordinada, basada en las pruebas para la revisión crítica del maximalismo de la propiedad intelectual en todos los niveles de gobierno, y en cada marco institucional apropiado, así como buscar alternativas que puedan mitigar la fuerza del expansionismo de la propiedad intelectual.

Comenzamos nuestra exposición de las conclusiones del Congreso con dos puntos fundamentales:
·    La política internacional de propiedad intelectual afecta a una amplia gama de intereses dentro de la sociedad, no solo los de los poseedores de los derechos. Por lo tanto, las políticas de propiedad intelectual deben llevarse a cabo a través de mecanismos de transparencia y apertura que promuevan la participación del público en general. Las nuevas normas deben realizarse dentro de los foros existentes, responsables de la política de propiedad intelectual, donde los países desarrollados y en desarrollo tienen plena representación, y en que los textos y foros para examinar las propuestas permanecen abiertos. Todas las nuevas normas internacionales de propiedad intelectual deben ser objeto de controles y contrapesos democráticos, incluyendo la aprobación legislativa interna y las oportunidades de revisión judicial.

·    Los mercados por sí solos no pueden servir de base para lograr una distribución justa de los bienes de información, es decir, que promueva la gama completa de los valores humanos en juego en los sistemas de propiedad intelectual. Esto queda claro, por ejemplo, al examinar las experiencias recientes en las áreas de la salud pública y la educación, donde la propiedad intelectual ha complicado el progreso hacia el cumplimiento de estas necesidades públicas básicas.

Teniendo en cuenta estos dos puntos generales, el Congreso aprobó una serie de recomendaciones específicas, que se expresan a continuación.

Poner la propiedad intelectual en su lugar
Los sistemas de propiedad intelectual están diseñados para servir a los valores humanos y deben adaptarse a este fin. La ampliación de los derechos de propiedad intelectual y sus reparaciones pueden entrar en conflicto con las doctrinas jurídicas que expresan y tutelan los valores, incluidos los derechos humanos, la protección del consumidor, la competencia y las leyes de privacidad. Estas leyes establecen un marco dentro del que los derechos de propiedad intelectual deben ser elaborados, interpretados y aplicados. En particular, debemos actuar para:

·    Promover y proteger los derechos a la libertad de expresión y buscar, recibir y difundir información, en el contexto de la expansión en el ámbito de derechos de autor, la marca registrada y su aplicación, incluyendo el entorno digital.

·    Respetar los derechos al debido proceso y a un juicio justo frente a la rápida escalada de las medidas de aplicación de la propiedad intelectual. Debemos insistir en la disposición de los umbrales de probatoria adecuada, audiencias, jueces imparciales, derechos a presentar pruebas y hacer frente a los acusadores, la proporcionalidad de las penas y el control estricto de las competencias delegadas a la aplicación pública de particulares.

·    Usar los derechos humanos, incluidos los derechos civiles y políticos, sociales y económicos, para examinar la expansión de los derechos de propiedad intelectual que amenazan el acceso a bienes y servicios esenciales del conocimiento.

·    Utilizar todos los marcos regulatorios para el control de los abusos de los derechos de propiedad intelectual, incluidos los mecanismos de protección al consumidor, control de precios excesivos, prevenir conductas anticompetitivas, regular la concesión de licencias y las condiciones contractuales y el libre acceso a los servicios esenciales.

·    Proteger el conocimiento tradicional y la expresión cultural contra la apropiación indebida a través de los derechos de propiedad intelectual.

Valorar la apertura y el dominio público
Los derechos de autor y las patentes tienen una duración limitada, porque el interés público exige que el trabajo creativo y de innovación en última instancia deben permanecer libre para uso de todos como parte del dominio público. El dominio público sirve como base del patrimonio cultural y el conocimiento científico a los que deben acogerse los futuros creadores e inventores. Un grupo de movimientos relacionados con la sociedad civil ha surgido para promover la apertura y beneficiar el dominio público, a través de licencias abiertas, de libre acceso, recursos educativos libres, el open data, estándares abiertos, el gobierno abierto y las políticas de información abierta relacionadas.

Para promover estos esfuerzos, y otros parecidos, deberíamos:

·    Promover una moratoria permanente a nuevas extensiones del copyright, derechos conexos y protección de las patentes.

·    Convocar la contratación pública y las políticas de educación para colocar el código libre / código abierto en igualdad de condiciones competitivas con el software privado.

·    Apoyar las iniciativas privadas para aumentar el acceso a través de licencias o las condiciones de uso que permiten al público el uso generalizado o a través de la publicación y modelos alternativos de distribución.

·    Apoyar los valores de la interoperabilidad y la preservación a largo plazo, al exigir el uso de estándares abiertos de información generada por o para las entidades públicas.

·    Apoyar el uso de los recursos educativos abiertos a través de políticas de contratación pública para libros de texto y otros materiales educativos, y por medio de incentivos para generar recursos abiertos en todos los ámbitos educativos.

·    Insistir en las políticas que otorgan al público el acceso libre y sin restricciones a todas las actividades financiadas por el gobierno, como puedan ser el resultado de la investigación financiada con fondos públicos, los datos recogidos por vía gubernamental, obras culturales y colecciones y archivos realizados con fondos públicos.

Limitaciones y excepciones al fortalecimiento
Las limitaciones y excepciones son doctrinas positivas que permiten la función de asegurar que el derecho de propiedad intelectual cumple con su propósito final de promover los aspectos esenciales de interés público. Al limitar el derecho privado, se permite, con las limitaciones y excepciones, que el público pueda participar de una amplia gama de usos socialmente beneficiosos de la información que están regidos por los derechos de propiedad intelectual ―que a su vez contribuyen directamente a la innovación y el desarrollo económico. Las limitaciones y excepciones se entretejen en la estructura del derecho de propiedad intelectual no solo como doctrinas excepcionales específicas («uso justo» o «trato justo», «exenciones específicas», etc.), sino también como restricciones estructurales en el ámbito de los derechos, como las disposiciones sobre licencias obligatorias de patentes para los medicamentos necesarios. A pesar de su importancia en la lucha contra las tendencias expansivas de la propiedad intelectual, las limitaciones y excepciones están en peligro, sobre todo respecto a los esfuerzos para redefinir la legislación internacional como una limitación al ejercicio de las flexibilidades previstas en la legislación nacional. Los firmantes apoyan firmemente los esfuerzos para defender y expandir la operación de las limitaciones y excepciones en los próximos años. En concreto, deberíamos trabajar para:

·    Continuar los esfuerzos para asegurar que el derecho internacional se interprete para dar a los estados la mayor flexibilidad posible en la adopción de limitaciones y excepciones que sean apropiadas a sus circunstancias culturales y económicas.

·    Apoyar el desarrollo de acuerdos internacionales vinculantes que prevea limitaciones y excepciones mínimas obligatorias.

·    Promover la discusión sobre el empleo de limitaciones «open-end» en la legislación nacional de derechos de autor, además de las excepciones específicas.

·    Desarrollar los regímenes legales que aborden directamente las necesidades de las personas con condiciones médicas específicas y discapacidad, incluidas aquellas con problemas de lectura.

·    Promover las limitaciones y excepciones que permiten a las bibliotecas, museos, archivos y otras «instituciones de la memoria» cumplir con sus misiones de interés público.

·    Permitir la enseñanza y el aprendizaje en todos los niveles, incluso mediante medidas que aseguren el acceso equitativo y el uso de materiales educativos para la alfabetización temprana en el ámbito familiar a través de instituciones de educación primaria, secundaria y superior.

·    Defender el principio de la interna de «agotamiento» (o «primera venta») en la legislación nacional, y la libertad de los países para decidir la aplicación de agotamiento internacional o regional para facilitar la importación paralela.

·    Facilitar el uso público de obras «huérfanas» y descatalogadas, y otras cuyo contenido es de difícil acceso, y garantizar la libertad de los investigadores para participar en grandes análisis de datos para la investigación (o el «no consumo»).

·    Explorar los beneficios de mantener o volver a introducir los requisitos formales (como la notificación y el registro) para las personas y entidades que se benefician de los derechos de autor.

·    Abogar por los límites adecuados ante el uso de contratos injustos o medidas tecnológicas de protección que anulen las limitaciones y excepciones.

Establecimiento de prioridades de interés público para la reforma de patentes
En un período de rápido cambio tecnológico, el sistema de patentes tiene serios problemas. En algunas industrias, la baja normativa de patentes y una proliferación de patentes de dudosa validez han alimentado una cultura de la competencia a través de la intimidación y el litigio, en lugar de la innovación. Incluso cuando los requisitos de patentabilidad se aplican estrictamente, el sistema internacional de patentes se ha vuelto demasiado rígido y unitario también para dar cabida a las diversas necesidades de un mundo complejo. Debe construirse un sistema más eficaz y manejable para el fomento de la innovación tecnológica y científica en torno a una estructura más diversificada de los incentivos para la innovación. En concreto, debemos trabajar para:

·    Dedicar los recursos públicos a modelos de incentivos no basados en las patentes, tales como premios a la innovación, especialmente en áreas donde los incentivos de patentes han sido débiles, así como a la investigación sobre enfermedades olvidadas y la provisión de acceso económico a los medicamentos en los países en desarrollo.

·    Llevar a cabo reformas que limiten la concesión o el mantenimiento de los derechos de patente en que no se justifiquen los beneficios netos para el público, incluso mediante la introducción o el mantenimiento de las oportunidades para los desafíos en espera y las patentes concedidas; fuerte control del material patentable, incluyendo las patentes finales basadas en el descubrimiento más que en la invención (incluidas las patentes sobre secuencias de ADN humano y las enfermedades asociadas)

·    Asegurar que las invenciones que se deriven de la investigación financiada con fondos públicos estén disponibles para uso público.

·    Introducir excepciones significativas para la investigación y con fines educativos en las leyes estatales.

·    Promover la transparencia en la documentación de la propiedad de patentes y licencias, en particular con respecto a las tecnologías clave, como los fármacos.

Apoyo a la creatividad cultural
Maximizar las oportunidades para la creatividad y lograr el mayor acceso a las obras creativas son las dos caras del interés público en la vida cultural. Cada vez queda más claro, sin embargo, que el actual sistema de propiedad intelectual no cumple en ninguno de los dos frentes, especialmente en lo que respecta a las tecnologías digitales. Como los modelos de negocio basados en las ventas de soportes grabados se realizan bajo la presión de las nuevas tecnologías, puede ser necesaria una mayor variedad de modelos para recompensar y dar poder a los autores y los artistas. En términos más generales, hay que fomentar la amplia experimentación en el mercado y establecer un mínimo de neutralidad política con respecto a los viejos y nuevos modelos de negocio. Este tipo de innovación puede ayudar a poner fin a las disputas estériles sobre las prácticas de hoy en día como el intercambio de archivos no comercial, y para evitar que emerjan otros. En este contexto, debemos apoyar las iniciativas para:

·    Fomentar la experimentación y la investigación de los sistemas de recompensas indirectos, como impuestos sobre los soportes, los equipos o su uso.

·    Exigir una mayor transparencia, rendición de cuentas, democracia interna y la supervisión pública por parte de organizaciones de gestión colectiva.

·    Reconocer el papel continuo de la financiación pública de los tipos de producción considerados socialmente valiosos y sistemáticamente suministrados por el mercado, como la cultura de pequeño mercado audiovisual, musical y artístico.

·    Fortalecer la posición contractual de los autores y productores a través de medios tales como dotar de oportunidades para volver a negociar los términos y reclamar los derechos en caso de falta de uso o después de un período de tiempo definido, y requerir una mayor transparencia en los contratos.

·    Construir la capacidad de los autores y artistas para licenciar sus obras directamente al público.

Fomentar el establecimiento de sistemas de acceso público de información de gestión de derechos que garanticen que los autores y los artistas puedan ser identificados.

Verificación de excesos al exigir cumplimiento
El programa maximalista de propiedad intelectual incluye un impulso a todos los niveles para una aplicación más estricta ―en los tribunales, en la calle, en las fronteras, y ahora en Internet. Los gobiernos y el cumplimiento privado de la PI demandan mayores recursos sociales con el fin de imponer sanciones más estrictas que nunca, con menos garantías y menor equidad procesal. Esta tendencia sitúa la aplicación de la PI en un conflicto cada vez más nítido con los demás derechos y objetivos de políticas públicas, incluyendo el derecho a la protección de la intimidad y la libertad de expresión y la promoción de la salud y la educación. Crea nuevos riesgos de búsquedas y ataques improcedentes. Y amenaza la valiosísima arquitectura original descentralizada de Internet, ya que los proveedores de servicios de Internet son empujados a actuar como agentes del orden. Debe reconocerse la importancia de la aplicación razonable y limitada de los derechos de propiedad intelectual, y trabajar para:

·    Asegurar que las sanciones jurídicas, los procesos y los recursos son razonables y proporcionales a los actos de infracción a los que se dirigen, y no incluyen restricciones al acceso a bienes y servicios esenciales, incluido el acceso a Internet o a los fármacos necesarios y los materiales de aprendizaje.

·    Promover enfoques proporcionales a la aplicación que eviten los enfoques excesivamente punitivos en la ejecución, tales como desproporcionados daños estatutarios, la expansión excesiva de la responsabilidad civil, penal y a terceros, y un aumento espectacular de la autoridad para prohibir, incautar y destruir las mercancías sin las debidas garantías procesales.

·    Asegurar que los países mantienen el derecho a la aplicación de las flexibilidades de las medidas coercitivas y para tomar decisiones independientes sobre la priorización de los recursos de la ley para promover el interés público.

·    Limitar los deberes, los derechos y las capacidades de los proveedores de servicios de Internet para monitorear o controlar las comunicaciones de sus usuarios en función del contenido de estas comunicaciones.

·    Asegurar que los acuerdos y protocolos entre los individuos, los intermediarios, los titulares de derechos, los proveedores de tecnología y los gobiernos en relación con la aplicación en Internet son transparentes, justos y claros.

·    Asegurar que las autoridades públicas retienen y ejercen una supervisión rigurosa de las funciones críticas de aplicación, incluyendo la aplicación policial, penal y, en última instancia, las sentencias judiciales.

Implementación de las agendas de desarrollo
El desarrollo es ampliamente reconocido como una preocupación central en los debates globales sobre la propiedad intelectual. La historia y la experiencia enseñan que todo aumento de la protección de la propiedad intelectual, especialmente en los países en desarrollo, no necesariamente conduce a un aumento de la inversión, la innovación o el bienestar. Aunque de manera imperfecta, el Acuerdo de 1994 sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) conserva cierto espacio de políticas para los países en la protección de la propiedad intelectual dentro de sus prioridades de política interna, como se afirma en la Declaración de Doha de 2001 sobre los ADPIC y Salud Pública. En 2007, la Agenda de Desarrollo de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) pone aún más de relieve la necesidad de integrar plenamente la dimensión de desarrollo en las políticas de propiedad intelectual y el establecimiento de normas. Más allá de esto, hay una necesidad de reforzar la presencia de los programas de desarrollo en todos los niveles de decisiones de las políticas de propiedad intelectual nacionales e internacionales. Por lo tanto, se debe:

·    Insistir en las propuestas actuales de los derechos de autor mundiales y la reforma de patentes para integrar plenamente las cuestiones de desarrollo y evaluar sus consecuencias en los países en desarrollo.

·    Asegurar que las recomendaciones de la Agenda para el Desarrollo de OMPI se apliquen plenamente en todas las áreas de funcionamiento de la organización de una manera que resulte en cambios tangibles en la cultura institucional de la organización.
·    Insistir en la plena transparencia y rendición de cuentas de los proveedores bilaterales, regionales y multilaterales de asistencia técnica de propiedad intelectual.

·    Fomentar los esfuerzos de los países en desarrollo para hacer un mayor uso de las flexibilidades, limitaciones y excepciones a la propiedad intelectual para promover los objetivos de las políticas públicas en áreas como salud, educación, agricultura, alimentación, y la transferencia de tecnología.

·    Invitar a los países que están considerando la adopción de estrategias de propiedad intelectual a garantizar que esas estrategias son el resultado de un proceso inclusivo de consulta y son plenamente coherentes con las prioridades y objetivos nacionales de desarrollo.

·    Apoyar la extensión del período de transición sobre los ADPIC, las exenciones para los países menos desarrollados.

·    Convocar a los países desarrollados a tomar medidas más efectivas para cumplir sus compromisos multilaterales en relación con la transferencia de tecnología, incluso a través de mecanismos de seguimiento y frente a las posibles barreras creadas por los derechos de propiedad intelectual.

·    Promover la cooperación Sur-Sur en las áreas de propiedad intelectual y la innovación para que países con niveles similares de desarrollo se puedan beneficiar de las experiencias de otros.

·    Buscar una evaluación independiente de los efectos de desarrollo en los compromisos de la propiedad intelectual en los acuerdos bilaterales, regionales y multilaterales.

·    Promover una revisión exhaustiva de los ADPIC para posibles enmiendas que garanticen la efectiva puesta en marcha de sus objetivos y principios.

Requerir políticas basadas en pruebas
La mayoría estaría de acuerdo en que la investigación utilizada en la formulación de políticas debe cumplir las normas básicas de transparencia. Sin embargo, los debates de políticas de propiedad intelectual de las últimas dos décadas no lo han hecho. Las principales investigaciones están financiadas por la industria y ello domina la conversación sobre políticas de propiedad intelectual; sin embargo, prácticamente ninguno de los grandes estudios patrocinados por la industria documentan sus supuestos métodos ni detallan los datos subyacentes. Las instituciones responsables de hacer políticas de propiedad intelectual no han sabido ejercer una presión suficiente para exigir transparencia o calidad ―y en muchos casos se han basado en estadísticas que han desacreditado en sus propias declaraciones. La debilidad de las pruebas en esta área es ampliamente reconocida y pone en duda la legitimidad de gran parte de la política expansionista de la propiedad intelectual del último cuarto de siglo. Los países en desarrollo son los más desfavorecidos en este contexto, debido a las amplias lagunas en la investigación interna sobre la propiedad intelectual. En este contexto, se debe actuar para garantizar que:

·    Hacer política se base en la investigación y no en la fe o la ideología.

·    La investigación utilizada en la formulación de políticas sea totalmente transparente, con métodos documentados públicamente, supuestos, fuentes de financiación y datos subyacentes.

·    Los gobiernos y las organizaciones internacionales inviertan en la recopilación de datos para permitir una mejor estimación de los costes y beneficios de las normas de propiedad intelectual, incluyendo los costes públicos y privados de asegurar su cumplimiento.

·    Los esfuerzos para cuantificar el valor económico de la propiedad intelectual deben reflejar el valor económico atribuible a las actividades habilitadas por las limitaciones y excepciones a los derechos de propiedad intelectual, políticas y prácticas de apertura, y el dominio público.

El Congreso Mundial fue organizado por el programa de Derecho sobre Justicia de la Información y Propiedad Intelectual del American University Washington College, el Centro de Tecnología y Sociedad de la Fundación Getulio Vargas (Brasil), la Asamblea Americana de la Universidad de Columbia y el Centro Internacional para el Comercio y el Desarrollo Sostenible (Ginebra) . El Congreso fue auspiciado por el Centro Internacional de Investigación y Desarrollo de Google, INC., la Open Society Foundation, el Instituto de Estudios Globales e Internacionales de la Universidad George Washington y la Escuela de Derecho de Seattle University.

Más información sobre el Congreso, incluyendo las bibliotecas virtuales de material de referencia que inciden sobre los temas articulados en la presente Declaración, se encuentra disponible en http://infojustice.org/public-events/global-Congress

modificado el 28 de noviembre de 2013