El Salvador. El Anteproyecto de la Ley de Medicamentos es Anticonstitucional
El Diario de Hoy, 29 de marzo 2010
Así lo advierten el Colegio Médico y la industria Químico-Farmacéutica, ya que la iniciativa delega al Ministerio de Salud la responsabilidad constitucional del Consejo Superior de Salud Pública. Este sería desmantelado mediante varias derogaciones en el Código de Salud, Ley del Consejo Superior de Salud Pública y Ley de Farmacias
La propuesta del Ministerio de Salud, de hacerse del control irrestricto de la salud, lo ha llevado, según el Colegio Médico y la Asociación de Industriales Químico-Farmacéuticos de El Salvador (Inquifar), a descerrajar el artículo 68 de la Constitución de la República que establece al Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) como la institución que debe velar por la salud de los salvadoreños.
El artículo 68 de la Constitución, en la sección cuarta, habla de la Salud Pública y Asistencia Social, y asegura textualmente que “un Consejo Superior de Salud Pública velará por la salud del pueblo. Estará formado por igual número de representantes de los gremios médico, odontológico, químico-farmacéutico y médico- veterinario: tendrá un presidente y un secretario de nombramiento del Órgano Ejecutivo, quienes no pertenecerán a ninguna de dichas profesiones. La ley determinará su organización”.
También manifiesta que “el ejercicio de las profesiones que se relacionan de un modo inmediato con la salud del pueblo, será vigilado por organismos legales formados por académicos pertenecientes a cada profesión. Estos organismos tendrán facultad para suspender en el ejercicio profesional a los miembros del gremio bajo su control cuando ejerzan su profesión con manifiesta inmoralidad o incapacidad. La suspensión de profesionales podrá resolverse por los organismos competentes con sólo robustez moral de prueba”.
En este sentido, los responsables de la vigilancia ya están contemplados en la “Ley del Consejo Superior de Salud Pública y de los Organismos revigilancia del Ejercicio Profesional”, la cual establece a la Junta de Vigilancia de la Profesión Químico- Farmacéutica (JVPQF) como la garante de esa área desde la perspectiva sanitaria.
Sin embargo, el Ministerio de Salud se ampara en los artículos 1 y 69 de la Constitución para echar en marcha su anteproyecto de Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios, que, entre otras cosas, busca regular el mercado, garantizar la calidad de los medicamentos y que la información de los mismos sea declarada de carácter público.
Una de las apuestas de Salud es hacerse de las responsabilidades de las juntas de vigilancia del CSSP, el cual, según declaraciones del viceministro de Salud, Eduardo Espinoza, a un canal local, no cumple con sus funciones. Espinoza afirmó que el CSSP hace sus funciones “marginalmente”, amparando la vigilancia de los medicamentos en el Código de Salud,“que es una ley secundaria”. “Esto—según el funcionario—es lo que ha viciado todo el asunto, porque el Consejo y las juntas de vigilancia están diseñadas como organismos colegiados que son para vigilar el ejercicio profesional, y no están diseñadas para hacerse cargo del registro de los medicamentos”.
Espinoza añade: “Eso crea una situación terrible, porque los que llegan ahí (al CSSP) como representantes colegiados son o están ligados de alguna manera a la industria químico farmacéutica. Entonces, se convierten en juez y parte a la hora de ejecutar el proceso de registro”.
No obstante, estas ambiciones, son valoradas como inconstitucionales por el presidente del Colegio Médico, Rodolfo Canizález, quien además critica la exclusión de la institución del Consejo Nacional de Medicamentos y Productos Sanitarios (CNMPS) que contempla el anteproyecto. “Que el ministerio quiera llevarse las responsabilidades de la Junta de Vigilancia de la Profesión Químico-Farmacéutica, es inconstitucional”, argumentó Canizález, quien observó que las responsabilidades que pretende adquirir el Ministerio de Salud, verdaderamente, serán absorbidas por los galenos y, para ello, no hay ningún financiamiento.
Canizález cuestionó que participen en el CNMPS representantes del Centro Nacional de Registros y de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, y no ellos que son el Colegiado Médico. “Me pregunto: ¿saben ellos de medicamentos? Además, no hay ningún perfil, dentro de esa ley para los que deben integrar el consejo”.
También catalogó como absurdo que se pretenda que los médicos tengan que informar de los efectos adversos que pueden tener los medicamentos en los pacientes, cuando ellos, en muchos hospitales, principalmente los nacionales, no tienen un control total de los medicamentos. “Las sanciones que ponen a los médicos por no informar, superan los seis mil dólares y, entonces, los compañeros que tienen un salario indigno van a pagar esa cantidad por no dar esa información. La calidad de los medicamentos puede mejorar si se facilita la información, pero los médicos no pueden ser sancionados por no hacerlo”, expresó.
La anterior tesis es respaldada por el presidente de Inquifar, José Mario Ancalmo, quien argumentó que el anteproyecto “tiene vicios de inconstitucionalidad, ya que velar por la salud del pueblo incluye el tema de los medicamentos. Si ellos despojan al CSSP de esa potestad, se estaría violando el mandato constitucional”.
Carmen Estela Pérez, directora ejecutiva de Inquifar y abogada, explicó que Salud ha realizado una interpretación errónea de una sentencia de la Sala de lo Constitucional para pasar las atribuciones del CSSP al ramo de Salud. “Lo que pretenden con esta ley es vaciar de contenidos todas las funciones del CSSP, y lo despojan de manera absoluta de sus atribuciones relacionadas con los medicamentos. Van a dejar al Consejo, que es una autónoma por mandato constitucional, con nada por hacer. Sólo lo dejarán con la vigilancia de las profesiones”, advirtió Pérez.
Otro vicio de inconstitucionalidad señalado es respecto a la fijación de precios, ya que esta función, según Inquifar, está contemplada para casos excepcionales, detallado en el artículo 102 de la Constitución de la República, el cual “garantiza la libertad económica, en lo que no se oponga al interés social. El Estado fomentará y protegerá la iniciativa privada dentro de las condiciones necesarias para acrecentar la riqueza nacional y para asegurar los beneficios de ésta al mayor número de habitantes del país”.
De esta manera, Inquifar subrayó que de ser aprobado el proyecto, “al día siguiente”, tendrá un recurso de inconstitucionalidad puesto ante la Corte Suprema de Justicia.
Observan vicios de inconstitucionalidad en la propuesta.
Enrique Valdés, médico y diputado por ARENA, se suma a las críticas. “La ley lo que busca es un Estado controlador e inquisidor por que será el Estado el que decidirá de forma arbitraría la fijación de precios y esto podría llevar a escasez de los productos a los que no tienen acceso los ciudadanos, pero también obligar a las empresas a entregar información que es propia de las empresas y, por lo tanto, atenta contra la libre competencia”, asevera el legislador.
Pero del lado del partido oficial, la diputada Zoila Quijada dice que quienes se oponen a esta ley es porque quieren impedir que se controle la calidad de los productos.
Desmantelamiento del CSSP
Más contundentes son las valoraciones de Rosa Margarita Zaldívar, presidenta de la Junta de Vigilancia de la Profesión Químico- Farmacéutica, quien indicó que el manejo de los precios no es competencia del CSSP ni de la Junta de vigilancia de Profesión Químico-Farmacéutica. Es, asegura, una responsabilidad del Ministerio de Economía. Zaldívar llamó “falsas” las observaciones en el considerando III del proyecto en el que “las competencias asignadas en el régimen de medicamentos a la Junta de Vigilancia de la Profesión Química Farmacéutica, ya no se adecuan a las condiciones sociales y sanitarias que demanda el país, siendo necesario un nuevo marco legal que aborde integralmente el tema de los medicamentos, productos naturales, vitamínicos y de otros que ofrezcan o no acción terapéutica, desde su fabricación hasta comprobar la efectividad de los mismos en la población que hace uso de ellos”.
Zaldívar dijo que la junta que preside está constantemente actualizándose, por lo cual no se puede justificar la creación del anteproyecto en una valoración falsa. La propuesta de Salud también contempla, en el artículo 111, que “cuando en los decretos, leyes y reglamentos se haga referencia a atribuciones concedidas al Consejo Superior de Salud Pública o a las Juntas de Vigilancia de las Profesiones relacionadas con la Salud, que por la presente se le hayan confiado al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, se entenderá que a partir de la vigencia de esta Ley lo serán de éste último”.
Esto certifica que sólo el Ministerio de Salud tendrá total control del tema. Además, el artículo 113 explica que el CSSP queda facultado para realizar la transferencia de los activos, consistentes en bienes muebles en favor del Ministerio de Salud, que ya no sean útiles para el cumplimiento de sus fines en virtud de las disposiciones contenidas en la ley, y asimismo, el CSSP transferirá el total de archivos y documentos que constituyen el registro de medicamentos y establecimientos farmacéuticos, para que a partir de la vigencia de la presente ley sean administrados por el Ministerio de Salud.
Por si esto fuera poco, en el artículo 115 pide que se deroguen del Código de Salud: los literales a, g, h, i, k, n, r, s, t, u, v y x del artículo 14, que designan al CSSP como garante de la salud del pueblo. Incluye la derogaciones en la ley del CSSP, “del inciso segundo del artículo 2”, y los literales g, h, i, k, l y o del artículo 11. Y como punto final, ordena la derogación total de la Ley de Farmacias, la que está vigente desde junio de 1927.
El FMLN no visualiza la Inconstitucionalidad
La diputada Zoila Quijada atribuye señalamientos al anteproyecto aunque hay diversas interpretaciones
El FMLN sigue firme en el manejo de sus propuestas y por partida doble defiende su anteproyecto de ley de medicamentos—el que, de momento, no está en discusión—y el del Ministerio de Salud, el cual ha encontrado férreas oposiciones en diversos sectores del país, entre los cuales se incluyen el médico, la empresa privada y el farmacéutico.
Así lo deja plasmado la diputada Zoila Quijada, relatora de la Comisión de Salud, Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Asamblea Legislativa; quien defendió ambos proyectos, ya que tienen similitudes. La legisladora restó importancia a los señalamientos de inconstitucionalidad a la propuesta de Salud, argumentando que habrá diversas interpretaciones del mismo.
Quijada explicó que la propuesta de ley de medicamentos es un documento que está siendo estudiado, y “la Asamblea está obligada a garantizar en la redacción del articulado que no haya ningún aspecto que pueda interpretarse como inconstitucional”.
“La Constitución es clara, que establece al Estado esa competencia (garante de la salud de los salvadoreños). En la legislación secundaria quien desarrolla el mandato constitucional. Es una interpretación que es incorrecta”, sostuvo Quijada.
Según la congresista, la oposición al anteproyecto surge de las empresas farmacéuticas, las cuales no quieren ser legisladas y debido a múltiples conflictos de intereses. “Los planteamientos que se están haciendo en contra de la ley, tienen como base, de las empresas farmacéuticas, la de impedir una legislación que les obligue, por un lado, a que sus productos, antes de ponerse en el mercado, pasen por un control de calidad. Porque estamos consumiendo harinas y almidones, y no es cierto que la información que dice en la viñeta, existe en el producto”, razonó.
Los anteproyectos a los que se refirió Quijada son apenas dos de los seis que analiza la Comisión de Salud, uno de ellos presentado por ARENA, los cuales fueron enviados a mediados de marzo para que fueran analizados y observados por el Colegio Médico, el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) y sus juntas de vigilancia.
Desde ya, y a pocos días de entregar sus consideraciones, las instituciones compartieron algunos planteamientos con El Diario de Hoy, las cuales van desde la inconstitucionalidad porque le quita protagonismo al CSSP, hasta la pretensión de crear una reacción, a través de la ley, que haga desaparecer a la autónoma, considerada en el artículo 68 de la Constitución de la República.
Cierre de consultas médicas en farmacias, otro punto cuestionado de la ley
Uno de los puntos que ha generado más polémica en la propuesta es el cierre de puestos de trabajo para los médicos en las farmacias, ya que, según el anteproyecto, se prohíbe la prescripción de medicamentos al interior o en locales anexos de establecimientos farmacéuticos por parte de médicos y odontólogos contratados para tal fin, aunque la consulta sea gratis.
Esta medida ha sido criticada por la ex presidenta de la Junta Médica, Concepción de Herrera, quien consideró que “en todas las farmacias del país debería de haber un médico”, ya que de esta manera se evitaría la prescripción de medicamentos por parte de los dependientes y farmacéuticos.
De Herrera, formadora de galenos, aseguró que prefiere que un médico “esté dando consultas en una farmacia, y no se dedique a vender carros. A veces, se dedican a cualquier cosa”.
Esta valoración es respaldada por Saúl Rosa, gerente general de Farmacias Económicas, las cuales tienen un médico en cada una de sus salas. “Además de ser una oportunidad de trabajo, la consulta médica en farmacias es una alternativa para que la población tenga acceso a una atención médica efectiva, y de bajo costo”, aseguró.
La postura no es respaldada por Juan Antonio Tobar, ex presidente del Colegio Médico, y el actual titular de la institución, Rodolfo Canizález, aunque ambos compartieron su interés en que los médicos tengan más y mejores oportunidades de trabajo en el país, pero no en las farmacias.