ECONOMIA Y ACCESO
Acceso y Precios
Chile. Alto costo de fármacos para enfermedades raras afecta a 80.000 hogares en Chile
Emol.com, 22 de junio 2012
http://www.emol.com/noticias/nacional/2012/06/22/546890/estudio-alto-costo-de-farmacos-para-enfermedades-raras-afecta-a-80-mil-hogares-en-chile.html
Cerca de 80.000 hogares en Chile deben enfrentar las consecuencias económicas derivadas del alto costo que tienen los medicamentos destinados a combatir enfermedades raras. Así lo revela un estudio realizado por un equipo encabezado por el médico Jorge Jiménez de la Jara, académico de Medicina de la Pontificia Universidad Católica (PUC).
Entre las enfermedades poco frecuentes se cuentan la distonía, el enanismo severo, el síndrome Guillain Barré, la inmunodeficiencia primaria, el Gaucher, la artritis reumatoidea del adulto, algunos tipos de cáncer de mama y la tirosinemia.
Según los autores del documento, un fármaco de alto costo puede ser definido como el que tiene un precio de compra situado por encima de los dos ingresos anuales de un hogar. Muchos de los pacientes que sufren patologías de este tipo deben recurrir, como única opción, al Fondo de Auxilio Extraordinario que aplica el Ministerio de Salud, que sólo alcanza para cubrir algunas patologías, señala el estudio.
Ello ha llevado a que organizaciones de pacientes realicen medidas de presión para obtener dichos medicamentos a través de campañas públicas o de los Tribunales. La Justicia se ha pronunciado frente a estas demandas con criterios variables: en algunos casos niega el acceso y otros otorgando el beneficio con cargo al Estado o a los seguros privados de salud.
El documento fue presentado durante el seminario “Medicamentos de alto costo, políticas para un mejor acceso”, realizado en el Centro de Extensión de la PUC con la presencia del Ministro de Salud, Jaime Mañalich, y el director del Centro de Políticas Públicas de esa universidad, Ignacio Irarrázaval, entre otros invitados.
El doctor Jiménez recalcó que en Chile falta una política clara de acceso a medicamentos de alto costo, ya que si bien estos productos están disponibles y hay mecanismos de acceso contemplados en leyes de presupuesto o en garantías GES, persiste la necesidad de contar con una política integral que resuelva de manera sustentable su acceso para quienes los necesitan.
Participaron en el estudio los médicos Gabriel Bastías, Jaime Burrows y Jaime Cerda, el economista Camilo Cid, la socióloga Karin Froimovich y los abogados Ulises Nancuante, Sebastián Pavlovic y Andrés Romero.
Proposición para financiar fármacos
La propuesta contenida en el estudio plantea la creación de un cuerpo colegiado, independiente del Ministerio de Salud, con funciones de consejería y capacidades regulatorias, que tome las decisiones sobre si una droga debería o no ser financiada, de acuerdo a criterios éticos, de efectividad probada y de costo-efectividad. Dicho ente determinaría “listas positivas” de medicamentos elegibles o “listas negativas” de medicamentos considerados inútiles o no eficaces.
Como vía de financiamiento, la proposición apunta a que los legisladores decidan entre las alternativas que se utilizan en el mundo para crear un fondo especial para el acceso a enfermedades de alto costo. Ellas son mediante impuestos generales, a través de una cotización universal compulsiva o por cotización voluntaria.
No obstante, y en virtud de los modelos institucionales de financiamiento y aseguramiento vigentes en Chile, el estudio recomienda como las alternativas más convenientes las asociadas a la conformación de un pool de riesgos que involucre a todos los actores de la seguridad social de salud del país. Éste debe contemplar un sistema de evaluación de tecnologías en salud y un sistema de autorización de cobertura técnico y transparente, precisaron los autores del estudio.
Sobre el proyecto de ley sobre enfermedades poco frecuentes presentado en 2011, Jiménez consideró que dicha iniciativa presenta condiciones que pueden dificultar su avance, especialmente en el aspecto del financiamiento, debido a que toda iniciativa legal que implique gasto fiscal sólo puede emanar del Presidente de la República, señaló.