AGENCIAS REGULADORAS Y POLÍTICAS
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América Latina
Ecuador. 18 puntos que debe conocer sobre el Reglamento de Fijación de Precios de los Medicamentos
El Comercio, 20 de julio de 2014
http://especiales.elcomercio.com/2014/07/reglamentodemedicamentos.pdf.)
- Para el funcionamiento del consejo habrá una secretaría técnica que formará parte del Ministerio de Salud.
- La secretaría será la que reciba y revise las solicitudes de fijación de precios nuevos y será la que acepte el trámite.
- Esta secretaría administrará el sistema informático, la página web y las bases de datos de precios de medicamentos fijados por el consejo.
- Habrá tres regímenes de fijación de precios de venta al público: regulado (un precio techo), de fijación directa (determinación del consejo) y liberado de costos (según oferta y demanda).
- El cálculo del precio techo será equivalente a la media de los precios de venta al público del mercado privado.
- Los medicamentos con precio muy alto se eliminarán y cuyos valores sean inferiores al precio techo no podrán incrementar su precio de venta al público.
- El precio techo será reajustado con la metodología aprobada por el consejo.
- Los medicamentos nuevos estarán sujetos a régimen regulado y el cálculo para su precio se determinará de acuerdo con su aporte terapéutico.
- Los medicamentos considerados únicos también recibirán un techo máximo que no podrá excederse.
- La fijación directa de precios se dará cuando se comercialicen medicamentos nuevos y estratégicos sin que tuvieran fijación previa de precio techo.
- Si el consejo recibe una denuncia sobre el incumplimiento de precios se establecerá una fijación directa del costo.
- Si un importador o laboratorio tiene dudas del segmento de mercado al que pertenece deberá consultar al consejo antes de comercializarlo. En 15 días obtendrá la respuesta.
- El consejo resolverá en 60 días la fijación de precios de los medicamentos nuevos.
- Las resoluciones podrán ser impugnadas ante el consejo en 10 días.
- Los medicamentos deberán llevar impreso en el envase secundario, de manera indeleble, su precio de venta al público.
- Los precios estarán publicados en una lista dentro de la página web que organice el consejo en 180 días (a partir del 14 de julio).
- Los controles estarán a cargo de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria de manera periódica.
- En 120 días, a partir del 14 de julio, se evaluarán los precios y saldrán los nuevos costos al mercado