Ética, Derecho y Ensayos Clínicos
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Uruguay. Tiene cáncer y se queda sin fármacos tras decisión judicial
Eduardo Delgado
El País, 22 de mayo de 2015
http://www.elpais.com.uy/informacion/cancer-se-queda-farmacos-decision.html
El Ministerio de Salud Pública (MSP) dejó de entregar un medicamento de alto costo a un uruguayo que padece una grave variedad de cáncer de piel, luego de una sentencia judicial que exime a esa secretaría de estado de tal obligación.
El paciente es Gonzalo Cid, arquitecto de 47 años, a quien el ministerio ya notificó que dejará de entregarle el fármaco. A Cid le quedan dosis del medicamento para apenas seis días.
El fallo judicial revierte una tendencia de los últimos que contempla a las personas que, mediante recursos de amparo, reclaman medicamentos o tratamientos al MSP y al Fondo Nacional de Recursos (FNR).
El tribunal Civil de 3er. turno revocó una sentencia de un juzgado de lo Contencioso Administrativo y absolvió al MSP de entregar el fármaco Zelboraf, que no está incluido en el FTM (Formulario Terapéutico de Medicamentos).
La sentencia del tribunal señala que Cid es portador de melanoma de dorso (cáncer de piel en la espalda), “actualmente con diseminación pulmonar de la enfermedad, por lo que se le realizó un testeo de mutación BRAF V600E, que arrojó resultados positivos”. Para el tratamiento de su enfermedad se le indicó el compuesto vemurafenib, que se vende bajo el nombre comercial de Zelboraf.
Informa la sentencia que Cid es socio es la mutualista Universal, que no se lo proporciona por el alto costo del mismo (Pm70.000 por semana, 1US$=Pm26,7), razón por la cual lo solicitó al FNR, que no lo brinda por no estar incluido en el FTM.
Agrega que el 5 de marzo de este año lo pidió al MSP y que el 11 de ese mes, al no recibir respuesta, presentó una acción de amparo ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo de 2° Turno, a cargo del magistrado Alejandro Martínez.
En el escrito, el abogado de Cid indica que el MSP no se expidió respecto a la inclusión del medicamento en el FTM, cuando pasaron casi tres años desde que se solicitó su incorporación, por lo que entiende que hubo omisión o dilación del MSP, lo que puede calificarse de ilegitimidad manifiesta y violación del principio de racionalidad. Por su parte, el MSP argumentó en esa instancia que sí hay un pronunciamiento denegando la inclusión de ese fármaco.
El juez Martínez —quien hizo referencia a la Constitución y tratados internacionales ratificados por Uruguay— afirma en su sentencia que el MSP autoriza la venta del medicamento, pero, cuando lo tiene que financiar, no lo hace. Se pregunta para quién lo autoriza y por qué, y afirma que el MSP no cuestionó la imposibilidad económica de quien lo solicita, indica la sentencia del tribunal.
Cuestionamientos
Los ministros del tribunal desestimaron luego los argumentos del juez Martínez, y opinaron que “no existe acto manifiestamente ilegítimo del MSP que amerite una condena como la dispuesta en primer grado”.
“En primer término, está acreditado que el MSP, mediante Ordenanza Ministerial de fecha 27 de febrero de 2015, decidió sobre el pedido de inclusión en el FTM del fármaco, negando hacerlo. Cae entonces uno de los fundamentos de la demanda para sostener un actuar ilegítimo; esto es, la omisión en decidir”, afirman. “También cae el segundo argumento del accionante, en lo atinente al principio de racionalidad. No hay vulneración a razonabilidad alguna”, agregan.
Además, los ministros rebaten duramente el argumento del juez Martínez, quien no se explica por qué se autoriza la venta si no se brinda el medicamento, y expresan que ese argumento “no resiste el menor análisis”.
“Es claro que la autorización para la venta tiene una finalidad de policía sanitaria que cumple el MSP, defendiendo que no se causen daños. Pero ello no significa que la autorización sea una garantía de eficacia del fármaco para una enfermedad determinada. Y ello es precisamente lo que justifica la regulación legal sobre la forma de inclusión de los medicamentos en el FTM, mediante una valoración de costo y beneficio que está impuesta por una ley, la N° 17.930, que no ha sido declarada inconstitucional y por ende hace lícito el actuar de la demandada”, acotan.
Autoridades
La sentencia de primera instancia dio un plazo de 24 horas al MSP para entregar la medicación a Cid y le fue dada rápidamente. Cuando fue a solicitar una segunda partida, y ya con el fallo emitido en segunda instancia, no se la entregaron. Le queda medicación para seis días más.
Cid intenta contactos con autoridades de gobierno en busca de una solución para su delicada situación. El medicamento tiene un costo aproximado de US$ 3.500 la caja con dosis para 14 días.
En julio de 2009, hubo un caso similar al de Cid. Esa vez, el juez de lo Contencioso Administrativo Pablo Eguren dispuso que el MSP entregara un fármaco a una mujer con cáncer de mama. El ministerio apeló el fallo y en agosto el tribunal civil de 6° Turno revocó la sentencia. La entonces ministra de Salud Pública, María Julia Muñoz, ordenó que más allá de la resolución absolutoria, el MSP continuara dando el medicamento a la mujer.
Fármaco contra el cáncer
Medicamento. El vemurafenib es un compuesto para el cáncer que interfiere con el crecimiento y la distribución de las células cancerosas en el cuerpo. Se usa para tratar melanoma (cáncer de la piel) de etapa avanzada. Es un compuesto inhibidor de la enzima codificada por una mutación del gen BRAF. Se comercializa bajo el nombre Zelboraf.
Aprobado. El uso del vemurafenib para tratar el melanoma fue aprobado por la FDA el 17 de agosto de 2011 y el 15 de febrero de 2012 lo hizo el Health Canada. El 20 de febrero de 2012, la Comisión Europea aprobó el vemurafenib como monoterapia para el tratamiento de pacientes adultos con la mutación V600 en el gen BRAF y que sufren melanoma con metástasis.
Pastillas. El vemurafenib se comercializa en pastillas que se toman por vía oral, dos veces al día. Puede tomarse antes o después de las comidas.
Efectos. Entre los efectos secundarios comunes que se dan en un porcentaje de pacientes que reciben tratamiento con vemurafenib está el dolor articular, la fatiga, los sarpullidos, la sensibilidad al sol, la caída del cabello y las náuseas. No se puede usar durante el embarazo.