Derecho
Se rechaza la impugnación judicial interpuesta contra las recomendaciones de la Agencia Francesa de Productos Sanitarios por la federación de empresas que comercializan medicamentos sin receta.
En Francia, a finales de 2019, el Consejo de Estado (jurisdicción administrativa suprema en Francia) ratificó la oposición a las marcas paraguas de la Agencia Francesa de Productos Sanitarios (ANSM, por sus siglas en francés), que la agencia había incluido en sus recomendaciones a las empresas sobre la elección de los nombres comerciales de sus medicamentos (a). El Consejo de Estado considera que la marca paraguas “puede causar confusión entre medicamentos con diferentes ingredientes activos y/o indicaciones y, por lo tanto, puede dar lugar a errores en cuanto a su naturaleza o propiedades” [1].
Otras recomendaciones de la ANSM también se dirigen a las marcas paraguas, por ejemplo, al oponerse al uso cada vez mayor de artículos promocionales (marcas, logotipos, etc.) en el etiquetado de los medicamentos porque pueden ocultar información de utilidad en la prevención de errores, como la denominación común internacional (DCI) y la dosis. Prescrire ha observado esta deficiencia en un gran número de medicamentos de venta sin receta, incluyendo las marcas paraguas [2, 3].
La AFIPA, la Federación Francesa de la Industria Farmacéutica para la Automedicación Responsable, que incluye a varias empresas productoras de marcas paraguas, había presentado una impugnación legal contra estas dos recomendaciones, pero ha sido en vano. El Consejo de Estado consideró que las recomendaciones eran legales. En su opinión, esto no constituye “una aplicación excesiva del principio de precaución”; las recomendaciones de la ANSM se justifican por el riesgo de errores, que se ve incrementado por el hecho de que estos medicamentos se dispensan sin receta [1].
La mejor opción para evitar tales errores es retirar las marcas paraguas que ya están en el mercado.
Referencias