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Farmacia

Perú. Sobre las consultas médicas y la aplicación de inyectables

Ministero de Salud, Comunicado oficial de prensa N.° 016-2024
28 de mayo de 2024
https://www.gob.pe/institucion/minsa/noticias/962916-comunicado-oficial-de-prensa-n-016-2024

Sobre la información que indica que se prohíbe a farmacias dar consultas médicas y aplicar inyectables, el Ministerio de Salud (Minsa) informa lo siguiente:

  1. Las consultas médicas en las boticas y farmacias estuvieron prohibidas desde hace años por una norma emitida por el Ministerio de Salud, sin embargo, ésta se vio interrumpida tras la emisión de una resolución del Indecopi que autorizaba su realización, a pedido de las cadenas MIFARMA S.A.C. y BOTICAS IP S.A.C.
  1. La Ley n.° 32033 (aprobada el 27 de mayo de 2024), Ley que garantiza y promueve el acceso y uso a los medicamentos genéricos dio fin a esta controversia, prohibiendo las consultas médicas, análisis clínicos, recolección de muestras para laboratorios, campañas médicas, y demás actividades no autorizadas para dichos establecimientos de manera expresa.
  1. Sobre la aplicación de inyectables en las farmacias y boticas, precisamos que no es correcta la información vertida por un medio de comunicación de que está prohibido esta práctica, pues la Ley n.° 32033 no lo menciona en ninguno de sus artículos.
  1. Al respecto, según D.S. 014-2011-SA, las farmacias o boticas que deseen prestar servicios complementarios (aplicación de inyectables) deben contar con personal calificado y área específica para este fin, además de realizar el trámite respectivo ante las autoridades de salud.

El Ministerio de Salud ratifica su compromiso de seguir haciendo respetar el derecho a la salud de la población accediendo a medicamentos genéricos de calidad.

creado el 23 de Octubre de 2024