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AGENCIAS REGULADORAS Y POLÍTICAS

Políticas

Evaluación e incorporación de tecnologías sanitarias en los sistemas de salud
Resolución CSP28.R9
La 28ª Conferencia Sanitaria Panamericana
Washington, 19 de septiembre de 2012
http://new.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=7022&Itemid=39541&lang=es#documentosoficiales

Habiendo examinado el informe Evaluación e incorporación de tecnologías sanitarias en los sistemas de salud (documento CSP28/11);

Reconociendo que en la Agenda de Salud para las Américas 2008-2017 los ministros y secretarios de salud reconocieron que los derechos humanos son parte de los principios y valores inherentes a la Agenda de Salud y declararon que, a fin de que el goce del grado máximo de salud sea una realidad, los países deben trabajar para lograr la universalidad, el acceso, la integridad, la calidad y la inclusión en los sistemas de salud, que estén disponibles para las personas, las familias y las comunidades;

Teniendo en cuenta el número cada vez mayor de tecnologías sanitarias en la Región y la limitada capacidad institucional para priorizarlas y hacer una evaluación comparativa entre ellas;

Reconociendo que la incorporación de nuevas tecnologías sanitarias puede tener consecuencias presupuestarias cada vez mayores que representan una presión para la gestión de los recursos de los sistemas de salud;

Teniendo en cuenta las prácticas en algunos países de utilizar el sistema jurídico para solicitar que las autoridades sanitarias aseguren el acceso a tecnologías sanitarias, sin que se haya comprobado su efectividad ni se haya hecho una evaluación comparativa con las tecnologías sanitarias ya ofrecidas por el sistema de salud;

Reconociendo los beneficios potenciales de incorporar las tecnologías sanitarias en los sistemas de salud sobre la base de la evaluación de tecnologías sanitarias (ETS), definida como la evaluación sistemática de las propiedades, los efectos y las consecuencias de estas tecnologías, incluidas las dimensiones médica, social, ética y económica;

Reconociendo los logros y avances de la Red de Evaluación de Tecnologías en Salud de las Américas (RedETSA), establecida por la OPS en el 2011, al igual que de las redes subregionales de evaluación de tecnologías sanitarias,

Resuelve:
1. Instar a los Estados Miembros a que:
a) promuevan la creación de procesos decisorios para la incorporación de tecnologías sanitarias basadas en la ETS, lo que puede incluir la seguridad, la eficacia, el costo y otros criterios pertinentes;
b) promuevan el uso de la ETS a fin de fundamentar las políticas de salud pública, incluidas las decisiones sobe la cobertura de los sistemas públicos de salud y la elaboración de guías y protocolos clínicos para las nuevas tecnologías;
c) promuevan esfuerzos para analizar y fortalecer los marcos institucionales a fin de incorporar las tecnologías sanitarias, y fomenten la creación de procesos transparentes y vínculos con las responsabilidades definidas entre los distintos actores interesados, inclusive entre las autoridades reguladoras y las entidades responsables de la evaluación e incorporación de tecnologías sanitarias;
d) promuevan la transparencia en los procesos de compras públicas, incluida la información no propietaria sobre precios de compra y el intercambio de los resultados de la ETS, a nivel nacional y regional, a fin de generar información para la toma de decisiones;
e) fortalezcan a las instituciones y a los recursos humanos, incluidos los equipos de evaluación y los responsables de la toma de decisiones, en la aplicación de la ETS, las metodologías para los estudios de la ETS y en el análisis crítico de los resultados de las evaluaciones;
f) promuevan la priorización de las evaluaciones en función de las necesidades nacionales y regionales, fortaleciendo los sistemas para la recopilación de datos de calidad y adaptando los estudios existentes de ETS para evitar la duplicación;
g) promuevan la generación y la difusión de los resultados de la ETS entre los actores y los responsables de las decisiones;
h) promuevan el intercambio de información, incluida la información sobre la calidad de los productos, a través de la Plataforma Regional sobre Acceso e Innovación para Tecnologías Sanitarias y otras plataformas tecnológicas pertinentes;
i) fortalezcan el uso racional de las tecnologías sanitarias, el desarrollo y aplicación de los formularios terapéuticos, las directrices y guías de práctica clínica que sustenten el uso clínico (inclusive por nivel de atención), así como los sistemas de monitoreo del uso en las redes integradas de servicios de salud;
j) fortalezcan las redes nacionales, subregionales y regionales en materia de ETS para fomentar el intercambio entre instituciones y países, mediante la promoción de la difusión y comparación de los estudios y las experiencias nacionales;
k) participen activamente en la Red ETSA.

2. Solicitar a la Directora que:
a) preste apoyo a los Estados Miembros en la formulación de políticas de tecnologías sanitarias y el fortalecimiento de los marcos institucionales para la ETS, y a la incorporación de tecnologías en los sistemas de salud basados en la atención primaria de salud;
b) promueva el intercambio de buenas prácticas en materia de la ETS y la incorporación de tecnologías sanitarias en los sistemas de salud entre los Estados Miembros;
c) promueva y estimule la colaboración con organismos internacionales y redes internacionales existentes en ETS;
d) enfatice ante los Estados Miembros y en los foros subregionales, regionales y mundiales la importancia de la participación en RedETSA, movilizando recursos en apoyo de esta iniciativa junto con los Estados Miembros;
e) promueva el desarrollo y uso de la Plataforma Regional sobre Acceso e Innovación para Tecnologías Sanitarias para la difusión de resultados de la ETS, y el desarrollo de comunidades de prácticas y redes sociales para la ETS a nivel regional;
f) informe a los Cuerpos Directivos de la OPS en el 2014 con respecto a la aplicación de esta resolución y considere en ese momento la posibilidad de elaborar una estrategia y plan de acción regionales, en consulta con los Estados Miembros, para la evaluación e incorporación de tecnologías sanitarias en los sistemas de salud.

modificado el 28 de noviembre de 2013