PRESCRIPCIÓN, FARMACIA Y UTILIZACIÓN
Farmacia
Francia. El lado oscuro gana: Francia pone fin a su modelo de farmacia y le abre la puerta a las farmacias shoppings
Mirada Profesional, 10 de junio de 2013
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El viernes 7 de junio de 2013 entró en vigor en Francia el Decreto que permite la gestión y funcionamiento de las farmacias mediante sociedades liberales y se autoriza a que operen empresas financieras o sociedades de cartera, para la patrimonialización de oficinas de farmacia, cuyas relaciones societarias se regirán por el Código de Comercio.
Las modificaciones aprobadas en Francia suponen un cambio de paradigma: la ordenación farmacéutica tradicional no está soportando la crisis económica, política y social que vive Europa; va cayendo el “modelo mediterráneo” que operó desde la época medieval, de la unión de la propiedad y titularidad de las farmacias, modelo basado en la atención personal y directa del farmacéutico-propietario de una sola farmacia.
La “Ordre National de Pharmaciens” recibió la publicación del decreto con un comunicado de prensa, al que le daba la bienvenida con un ¡Por fin!. Desde un punto de vista práctico, las multinacionales y fondos de inversiones extranjeros intentan “mejorar” algunas deficiencias del modelo de farmacias independientes y avanzar hacía un cambio total del modelo.
Y cuenta López-Santiago (inmobiliaria de farmacias) que, en la conferencia que ofreció la ministra de Sanidad francesa, Marisol Touranie, en la reciente Feria Pharmagora 2013 en París, se pudo adivinar, por sus elocuentes silencios, que el Decreto se iba a publicar de manera inminente y con una redacción “fiscalmente ventajosa para el sector”.
Un colectivo farmacéutico profesional estaba siendo muy golpeado por los sucesivos recortes a que el ejecutivo galo está sometiendo a la oficina de farmacia, lo que permite la materialización de este nuevo escenario. Marisol Touranie siempre se ha mostrado sensible y partidaria de mantener y preservar el carácter “familiar” de las farmacias, pero “marche preso”.
Tipos de sociedades
La legislación establece en Francia diversos tipos de sociedades, denominadas SEL: “Sociétés d’exercice libéral”.
Se permite y capacita a los profesionales farmacéuticos para ejercer su profesión mediante formas jurídicas y societarias, no sólo a título personal. Cabe destacar que en España, las Comunidades de Bienes y las Sociedades Civiles Particulares no tienen personalidad jurídica.
Los tipos societarios que se permiten ahora son:
SERARL: “Société d’exercice libéral à responsabilité limitée”. Sociedad de responsabilidad limitada con un mínimo de tres miembros.
SELAFA: “Société d’exercice libéral à forme anonyme”. Sociedad profesional anónima con un mínimo de tres miembros.
SELAS: “Société d’exercice libéral par actions simplifiée”. Sociedad anónima simplificada con un mínimo de dos socios.
SELCA o SELACA: “Société d’exercice libéral en commandite par actions”. Sociedad profesional en comandita por acciones, con un mínimo de cuatro miembros.
Para establecer la forma de operar entre las sociedades, se permiten las SPFPL, “Societés de participations financières de profession libérale”, que no son más que sociedades de cartera. Se trata de sociedades que mantienen las participaciones de sociedades SEL, “Sociétés d’exercice libéral”.
Se permite a las personas físicas y jurídicas, propietarias de las farmacias, constituir una SPFLP cuyo objeto es la tenencia de las participaciones de la SEL, estableciendo que las SPFLP están abiertas sólo a farmacéuticos. Además se establecen dos condicionantes:
a) Una persona o entidad sólo podrá tener acciones de cuatro SEL.
b) Una SPFPL sólo podrá participar de un máximo de tres SEL.
Lógicamente, una modificación legislativa de esta naturaleza, obliga a retocar parte de la ordenación farmacéutica y, allí donde se hablaba de un farmacéutico, ahora, se sustituye por “los intereses financieros de las empresas”, si bien, las SPFPL sólo están abiertas a farmacéuticos en ejercicio o herederos durante cinco años después de su fallecimiento, y se facilita que la mayoría del capital social de la SEL pertenezca a profesionales que hayan participado, efectivamente, en la oficina de farmacia.
Un farmacéutico no puede tener participaciones, directas o indirectas, en más de cuatro empresas que operen una farmacia, por lo que la norma consuetudinaria que permitía, de una manera efectiva, acceder a un número ilimitado de farmacias, mediante el sistema de “cascada”, se debe corregir y se ha establecido un plazo de dos años para cumplir con esta nueva prescripción legal.
Respecto al régimen social, los gerentes minoritarios de SERARL, SELAFA o SELAS, tienen un régimen laboral que se asimila al de los asalariados, mientras que los copartícipes mayoritarios de SERARL, SELCA y SERARL unipersonal, se asemeja a un régimen social de los trabajadores por cuenta propia. Asimismo, se establece que las sociedades SPFPL estarán sujetas a inspección cada cuatro años por los organismos profesionales.
Traspasos de farmacias. Impacto de las nuevas estructuras societarias
Cuenta López Santiago que, a pesar de que la cifra de traspasos en Francia se había reducido en los últimos años, la mitad de las operaciones de compraventa se venían articulando mediante las sociedades profesionales (tipo SEL) por sus ventajas fiscales.
Aunque ante una eventual reventa, no podían gozar de las exenciones por reinversión, lo que generaba un conflicto de intereses entre el comprador y vendedor. Lo que al comprador le beneficiaba, de cara a obtener y financiar los préstamos, perjudicaba al vendedor, ya que se le obligaba a tributar dos veces, si quería hacer líquida y materializar la masa monetaria procedente de la enajenación de su farmacia.
El valor patrimonial de las farmacias en Francia se había visto reducido de una forma notable, tras la desaceleración económica y la inseguridad regulatoria. El mercado ya sólo venía digiriendo y aceptando las verdaderas oportunidades de inversión. Hace un lustro que habían desaparecido los niveles de precios de traspasos de farmacia de la época de la burbuja inmobiliaria, sin una base económica de retorno de la inversión real y estimulada por una expansión monetaria sin precedentes.
Ahora la SPFPL será la herramienta idónea para facilitar la compraventa de las sociedades SEL, así como para consolidar éstas empresas. Con esta nueva modificación, el comprador de alícuotas participaciones se beneficia de condiciones más ventajosas en el impuesto de sociedades y ventajas en la amortización del crédito.
Las sociedades SPFPL van a modificar la operativa con que se estaban traspasando las farmacias en la actualidad, pero la posibilidad de crear sociedades de cartera no va ayudar a la financiación de farmacias para aquellos jóvenes que no cuenten con posibilidades de obtener financiación.
Efectos del Decreto 466/2013 en el sector
Cuando se permitieron en Francia las sociedades liberales, se capitalizó el sector, lo que supuso su actualización y modernización con nuevas inversiones. Las farmacias que tienen tensiones financieras o que han iniciado un proceso de concurso de acreedores, tendrán más facilidades de ser absorbidas por sociedades liberales y su integración en este tipo de sociedades patrimoniales de cartera de mera tenencia de bienes. Pero también cabe esperar que el Sistema Nacional de Salud de Francia presione para seguir reduciendo el margen profesional que ofrece a la farmacia, dado que ahora se va a permitir operar con estructuras societarias que generarán economías de escala.
El Gabinete López Santiago termina su comentario diciendo que se trata de una modificación similar a la de Portugal que ahora se implementa en Francia, y preguntándose: ¿España será la próxima?