Litigación y Multas
Argentina. Santa Fe: multas y clausura a los locales que vendan medicamentos de manera ilegal
Mirada Profesional, 11 de abril de 2017
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Así lo establece una nueva ordenanza aprobada en el Concejo Deliberante de la capital provincial. Los comercios que tengan tratamientos de cualquier tipo serán mutados, y hasta podrán ser cerrados por 30 días.
La medida se suma a la iniciativa aprobada el año pasado en Rosario, en un intento por combatir el aumento del mercado negro de medicamentos.
A fines del año pasado, la localidad de Rosario aprobó una ordenanza que castiga fuerte la venta ilegal de medicamentos. Ahora, la capital provincial imitó a la “Chicago argentina”, y ya cuenta con una norma similar, que multa a los locales que tengan fármacos de cualquier tipo. Además, la nueva legislación prevé la clausura de los comercios que no cumplan con la prohibición. La ley ratifica que las farmacias son los únicos establecimientos autorizados para la venta de tratamientos, bajo la supervisión de los farmacéuticos.
El HCD de la capital de Santa Fe aprobó una ordenanza que sanciona con multas que van desde unos 300 pesos hasta más de 500 pesos a los comercios que vendan medicamentos sin contar con la autorización correspondiente. Con esta iniciativa se busca disminuir la venta ilegal de medicaciones (en quioscos, drugstores, etc.), ya que éstos sólo pueden ser expedidos por farmacias habilitadas, sean los medicamentos recetados o no, informó el deliberativo.
Además, en caso de reincidencia de la infracción “se dispondrá de la clausura por 30 días del local comercial”. Los montos mínimos y máximos de las multas “serán actualizados mensualmente en base a la variación de índices de precios minoristas publicadas por el INDEC”, dice la normativa aprobada por unanimidad.
“Hace tiempo que se trabaja con este tema. El Ministerio de Salud provincial lanzó la campaña ‘Los medicamentos no son golosinas’, de la que se hizo eco el Concejo en una reunión de trabajo”, recordó en el recinto el impulsor de la iniciativa, Sergio Basile (FPCyS-UCR). “El único lugar donde se pueden comprar medicamentos son las farmacias. Esto no pretende ser simplemente sancionatorio con la multa, sino que busca empezar a generar concientización sobre el problema en cuestión”, resaltó.
En este caso, la venta de medicamentos no autorizados tiene múltiples aristas: “Si alguien compra un medicamento en un lugar no habilitado no tiene garantías sobre su procedencia ni fecha de vencimiento. También, más importante aún es que la automedicación es una costumbre en los argentinos. La venta ilegal fomenta esa cultura de la automedicación y los riesgos en la salud pública se agravan”, agregó el edil.
En términos técnicos, la norma sancionada incorpora un artículo (54 quinquies) a la Ordenanza N° 7882, que es el Régimen de infracciones y penalidades de la ciudad. Esa inclusión (la sanción dineraria por la venta ilegal de medicamentos) queda tipificada como infracción. El monto mínimo se determina por 15 Unidades Fijas (UF), que representan aquellos 300 pesos (1US$=Par15,3) y, la máxima, de 30 UF, que son más de 500 pesos, teniendo en cuenta que cada Unidad Fija vale hoy 17,67 pesos.
En octubre del año pasado, el Concejo Deliberante de Rosario aprobó una ordenanza que pone a la ciudad a tono de la ley nacional que prohíbe la venta de medicamentos fuera de farmacias. Con más sanciones y la posibilidad de cerrar comercios que incumplan con la normativa, la nueva ley se formalizó pocos días después, y este año generó las primeras sanciones, luego de varios operativos realizados por personal de la comuna. En uno de ellos, se secuestró materia y se labró una un acta de infracción a un local que tenía gran cantidad de medicamentos. Los farmacéuticos locales apoyan esta iniciativa.
Como la nueva normativa santafecina, la ordenanza de Rosario establece duras sanciones sobre comercios como kioscos, supermercados, almacenes y minimarkets que vendan medicamentos, como los analgésicos, antiácidos y digestivos, algo que está prohibido por ley nacional desde 2009. Si bien el Concejo ya había aprobado la adhesión, en esta oportunidad se dispuso que se proceda “incluso a la clausura provisoria por 90 días de aquellos locales que cometan infracciones reiteradas”.