VENTANA ABIERTA
La protección de los productores de vacunas: una victoria machista para las farmacéuticas
Antonio Ugalde y Núria Homedes
En 1996 se aprobó en EE..UU. una ley federal (The National Childhood Vaccine Injury Act) por la cual todas las demandas judiciales contra los daños producidos por vacunas en niños no podrían dirimirse a través de los procedimientos judiciales normales. De acuerdo con la legislación aprobada el demandante debía recurrir primero al Programa Nacional de Compensación por Daños de Vacunas (The National Vaccine Injury Compensation Program) conocido comúnmente como la Corte de las Vacunas.
El Programa Nacional de Compensación se estableció como sistema de compensación sin adjudicar responsabilidad, por el cual personas que alegaban sufrir daños por la administración de una vacuna obligatoria para los niños podía pedir al gobierno federal una compensación monetaria. El Programa está financiado por un impuesto que pagan las productoras de vacunas. Desde entonces esta Corte ha adjudicado casi US2.000 millones a las personas perjudicadas por vacunas [1]. No sabemos el coste que los casos que se han presentado ante la Corte de Vacunas hubieran causado a las farmacéuticas si se hubieran llevado a los tribunales normales de los estados. Podemos estar seguros que hubieran sido mayores, de lo contrario el poderoso lobbying de las farmacéuticas ya hubiera conseguido revocar el Programa Nacional de Compensación.
Todas las demandas que se presentan a la Corte de las Vacunas las decide una Oficina de Jueces Especiales (Office of Special Masters) con un juez jefe y siete asociados que funcionan dentro de la Corte Federal de Demandas que es la que hace los nombramientos de los Jueces Especiales. Las apelaciones a las decisiones de los Jueces Especiales las resuelve la Corte Federal de Demandas.
En 1992 una niña, hoy ya de 18 años fue vacunada con la DPT Tri-Immunol de Wyeth, compañía que ha pasado a ser propiedad de Pfizer. Después de recibir la tercera de las cinco dosis la niña empezó a tener convulsiones. Sus padres alegaron que las continuas y violentas convulsiones le dejaron muda, requiriendo un cuidado continuo de su familia. En 1998, la compañía descontinuó la vacuna. Los padres alegaron ante la Corte de las Vacunas que deberían tener el derecho de llevar el caso de una vacuna que tenía un defecto de diseño ante un tribunal de su estado para que decidiera un jurado, pero los Jueces Especiales denegaron la petición y empezó el proceso de apelaciones que llegó hasta la Corte Suprema de la Nación.
Ante la Corte Suprema la farmacéutica Wyeth alegó que si se permitiera llevar el caso a los tribunales ordinarios del estado habría miles de demandas contra los productores de vacunas por parte de padres que afirman que vacunas contra paperas, sarampión y rubéola son responsables del autismo de sus hijos. La Corte rechazó el argumento de los demandantes de que había otra vacuna la Tri-Slogan más segura que la Tri-Immunol y que por tanto Wyeth debía ser responsable del daño ocurrido.
La Ley Nacional por Daños de Vacunas no especifica si las productoras de vacunas son responsables por defectos de diseño. Solamente dice que no hay responsabilidad: “… si ocurre un daño o muerte como resultado de efectos secundarios que han sido inevitables y que pueden suceder incluso cuando la vacuna haya sido adecuadamente producida y se adjunte información y advertencias adecuadas.” Uno de los jueces de la Corte Suprema en su opinión escrita (documento que cada juez presenta y en base a ellos se toma la decisión señaló que el hecho que: “la Ley no dijera nada sobre la responsabilidad del defecto de diseño no es casual. Por el contrario, refleja una clara decisión de dejar juicios epidemiológicos complejos sobre el diseño de vacunas a la FDA y al Programa Nacional de Compensación por Daños de Vacunas y no a los jueces.” La decisión final de la mayoría de la Corte Suprema refleja esta posición al afirmar con Wyeth que hacer responsable a los productores de vacunas por no usar un diseño diferente no es práctico.
La Corte Suprema tiene nueve jueces de los cuales tres son mujeres, una de ellas puertorriqueña. Una de ellas decidió abstenerse en la votación porque cuando era Abogado General del Estado había participado en la decisión de permitir que el caso fuera apelado a la Corte Suprema. De los ocho votos, solo dos estuvieron en contra de la mayoría. Estos dos votos fueron de las dos mujeres. El lector puede reflexionar sobre cual hubiera sido el resultado si la relación hombre/mujer de los jueces supremos hubiera sido la inversa.
La decisión de la Corte fue considera en EE.UU. una victoria para las farmacéuticas. Ya la administración del Presidente Obama había apoyado la posición de las farmacéuticas. A medida que el número de vacunas obligatorias para niños aumenta en muchos países, la decisión de EE.UU. de limitar las responsabilidades a las productoras por acciones que causan daños serios y permanentes puede contribuir a que aumenten las conductas irresponsables. Las ganancias que producen las vacunas cuando su uso se torna obligatorio en el mundo, como ha sido el caso en algunos países con la vacuna contra el VPH, son multimillonarias.
Es ridículo pensar que si se aplica la justicia, es decir si se hace responsables a los que toman decisiones que causan daños a terceros, las empresas van a dejar de manufacturar vacunas. Este es el argumento que llevó en primer lugar a la aprobación de Ley Nacional y ahora ha sido la base de la decisión de la Corte Suprema. La carencia de vacunas contra la gripe estacional que se ha experimentado algunos años en EE.UU. demuestra que la ley no evita la falta de vacunas. Hay muchos medicamentos que si no se fabricaran podrían tener efectos tremendos, incluyendo la muerte de muchos pacientes. Sin embargo, no se ha legislado, quitando responsabilidad a los que ponen el medicamento en el mercado. El hecho que el Programa Nacional de Compensación haya pagado la cantidad mencionada sugiere que ha habido acciones punibles y problemas con vacunas que se seguirán cometiendo quizá más frecuentemente después de la decisión de la Corte Suprema.
1. Barnes R. Ruling protects vaccine-makers from lawsuit. Washington Post. 22 de febrero de 2011.
http://emu.collegiatelink.net/organization/drug-information-association/news/newsarticledetail/1076