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ÉTICA Y DERECHO

Publicidad y promoción

España. La industria farmacéutica exige una regulación clara para poder incorporarse a las redes sociales
El Global, 26 de abril de 2013
http://www.elglobal.net/elglobal/articulo.aspx?idart=746871&idcat=784&tipo=2

Para Ana Martín, gerente senior de Asesoría Legal de MSD la falta de una regulación específica hace que la presencia de las compañías farmacéuticas en las redes sociales sea limitada. Así lo expresó durante su intervención en el seminario Publicidad Institucional, Redes Sociales y Web 2.0 en la Industria Farmacéutica organizado por el Centro de Estudios para el Fomento de la Investigación (Cefi). "Los laboratorios se encuentran con limitaciones en la promoción, farmacovigilancia, privacidad o régimen de responsabilidad que hacen que su presencia en las redes sociales sea en estos momentos muy reducida y se limite en muchos casos solo a una comunicación institucional a través de Internet", explicó Martín.

Esto se puede observar en las redes sociales dirigidas a pacientes. "Aquí no se puede hablar de fármacos, solo se puede facilitar información sobre patologías lo que hace que la interactividad sea escasa", precisó. De hecho, comentó que "a pesar del éxito registrado el pasado mes de mayo Janssen decidió cerrar el perfil de su página de Facebook en Reino Unido ‘Psoriasis 360’ por la complejidad de mantener una continua monitorización de su actividad, consecuencia de las fuertes restricciones legales exigidas en las redes sociales".

Martín destacó que, mientras la normativa española hace responsable en ocasiones contadas a los ISP’s (proveedor de servicios de Internet) sobre los contenidos vertidos en las redes sociales o en Internet en general, la ley de farmacovigilancia hace responsable a los laboratorios. "El Real Decreto de Farmacovigilancia 1344/2007 asegura que lo titulares deben monitorizar regularmente los medios digitales bajo su responsabilidad". De hecho, puntualizó que "no hay diferencia si las plataformas son controladas por el propio laboratorio o por un tercero". Esto, dijo, "explica que las compañías no quieran embarcarse en nuevos proyectos en la red".

Pero la farmacovigilancia no es el único obstáculo al que se tienen que enfrentar las compañías, según Martín. "Hay otra serie de consideraciones como son las redes sociales asociadas a actividades de terceros. Aquí nos podemos encontrar con pacientes que hablen de la marca o utilización de la marca de cara a terceros sin su consentimiento", aseguró. En este sentido, y antes de adoptar medidas legales al respecto, recomendó una buena gestión de la comunicación" para evitar mayores crisis o que la imagen de la marca se vea deteriorada.

Dificultad con las apps
Si la presencia en redes sociales es complicada para los laboratorios, el lanzamiento de aplicaciones móviles no se queda atrás. Así lo explica Ana Martín, gerente senior de Asesoría Legal de MSD. "Cuando un laboratorio o cualquier empresa sanitaria decide sacar una aplicación, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) debe determinar si esta es o no un producto sanitario. De ser así, se regirán por la directiva española de productos sanitarios", explica.

Un obstáculo más que ralentiza la entrada de la industria en la Red y que no solo afecta a las aplicaciones de Sanidad. "Cualquier software puede considerarse producto sanitario", apunta Martín, que indica que "a la hora de determinar si una aplicación es un producto sanitario existen zonas grises difíciles de determinar y, aunque no hay referencia en España, la Comisión Europea si emite guías que permiten determinar si una u otra aplicación será considerada como producto sanitario

modificado el 28 de noviembre de 2013