Resumimos a continuación dos artículos publicados en Lexology por Clement [1] y Sheraton et al [2] que tratan sobre futuros cambios en el sistema de patentes de la Unión Europea (UE).
Se avecinan cambios importantes que afectan tanto a las patentes existentes como a futuras patentes. El nuevo sistema permitirá que se otorgue una única patente, la patente unitaria (Unitary Patent), que será efectiva en todos los países participantes de la comunidad europea, sin que haya que validarla en cada uno de los países como se exige actualmente para que se reconozca como patente europea. También se espera que para finales de este año comience a funcionar un nuevo Tribunal Unificado de Patentes o Unified Patents Court (UPC), que será el único tribunal para dirimir los conflictos relacionados con patentes unitarias. El UPC también estará disponible para casos relacionados con las patentes europeas “clásicas” durante un periodo transitorio de al menos 7 años. El UPC gestionará tanto las demandas de infracción de patente solicitada por el titular como la solicitud de revocación iniciada por un competidor [1].
La sentencia del UPC se aplicará en cada “Estado miembro” que haya ratificado el Acuerdo del UPC. Todos los Estados de la Unión Europea, excepto Croacia, Polonia y España, son Estados miembros, aunque no todos han ratificado el acuerdo. Este sistema no se aplica en el Reino Unido (a consecuencia del Brexit) [1].
Después de décadas de discusión, finalmente Austria ha depositado su instrumento de ratificación, con el que se alcanzaron los 13 miembros necesarios para iniciar la Fase de Aplicación Provisional del Acuerdo para establecer un Tribunal Unificado de Patentes (UPC Agreement) en la UE [2].
Con la ratificación de Austria se inicia la Fase de Aplicación Provisional. Durante este periodo se realizarán todas las disposiciones administrativas necesarias (contratación y capacitación de los jueces, finalización de las instalaciones donde se reunirá el tribunal y se concluirá del Reglamento de Procedimiento administrativo para el UPC). Se estima que este periodo durará ocho meses, es decir, concluiría en el otoño [2].
El UPC entrará en vigor el primer día del cuarto mes después del depósito de la última ratificación requerida, que es la de Alemania. Es probable que Alemania retrase su ratificación hasta que todo esté disponible para que la UPC puede empezar a funcionar [2].
Cuando Alemania deposite su instrumento de ratificación (se espera alrededor de septiembre de 2022) se dará inicio a un periodo de tres meses, el periodo inicial (Sunrise Period), y es el periodo durante el cual los titulares de las patentes (no los licenciatarios) podrán excluir sus patentes clásicas del UPC, notificando su decisión de exclusión a la Secretaria del Tribunal [2].
Los titulares de las patentes pueden optar por excluir patentes “clásicas” del UPC siempre y cuando no se haya iniciado ningún proceso legal sobre la misma. Durante estos tres meses, los titulares de las patentes podrían volver a incluir a patentes que previamente hayan excluido del sistema UPC. Si no excluyen a las patentes, una vez superados los tres meses iniciales, todas las patentes podrán someterse a procesos legales a través del UPC [1].
Según Clemente et al [1], las razones para eximir patentes del sistema UPC incluirían: a las patentes que son demasiado importantes para arriesgarse a que sea revocada por el proceso centralizado, y las patentes débiles que podrían ser más vulnerables al proceso centralizado. Además de otras cuestiones logísticas como la familiaridad, comodidad o la incerteza sobre las determinaciones de la UPC. Entre las razones para no optar por la exclusión menciona que las decisiones de la UPC pueden ser más rápidas que en los países y que la opción de volver a participar en la UPC se pierde si se interpone una demanda en un tribunal nacional mientras la patente está excluida.
Hay un periodo de transición de al menos siete años tras la entrada en vigor del Acuerdo UPC. Durante este periodo, los titulares de patentes pueden optar por excluirse de la jurisdicción del UPC para las patentes europeas; o bien optar por litigar las patentes europeas en los tribunales nacionales, aunque no se haya solicitado la exclusión. Una vez que expire el periodo transitorio, los tribunales nacionales dejarán de ser competentes sobre las patentes europeas existentes para las que el titular no haya presentado una solicitud explícita de exclusión del UPC antes de que finalice el periodo transitorio.
Fuentes originales