En los países en desarrollo, los Comités de Ética de Investigación (CEI) regulan y fomentan una investigación científica por lo general de tipo institucional (Son, en términos técnicos, conjuntos temáticos y problemáticos que orientan el desarrollo de programas y proyectos de investigación, articulados entre sí, encaminados a la generación y aplicación de conocimiento relevante para la solución de problemas sociales, económicos y culturales. Siendo pues importante establecer criterios específicos en la revisión de los protocolos de investigación que salvaguarden el bienestar de los seres humanos y el medio ambiente donde estos se desarrollan. En México la ley General de salud determina que la investigación científica se debe realizar bajo lineamientos éticos y con la aprobación de los CEI (NOM012).
Objetivo: Identificar y analizar el funcionamiento de los CEI que operan en México; forma en que trabajan y compararlos con los estándares internacionales para establecer acciones con el fin de fortalecer estos comités.
Metodología: Este proyecto es un estudio observacional descriptivo de corte transversal sobre el funcionamiento de los CEI, basados en las características del funcionamiento de estos CEI y los avances que han tenido en la evaluación de protocolos de investigación en seres humanos, se aplicaron encuestas en dos ocasiones a miembros de registrados en la Comisión Nacional de Bioética en México; además, se llevó a cabo una estadística descriptiva para la interpretación de datos.
Resultados: La encuesta arrojo no evidencias de funcionamiento o procedimientos entre los CEI registrados y los no registrados. También se encontró como resultado el consenso general; que los CEI deben apoyarse en un marco jurídico apoyado por las directrices internacionales existentes, además de contar con una capacitación básica en bioética y contar con suficientes recursos financieros para operar de una manera eficiente.
Conclusiones: A pesar de la regulación existente en México de que los comités de ética de la investigación con participantes humanos deben estar registrados en el CONBIOÉTICA, se encontró que el 30% de los encuestados reportó que su comité no está registrado o está en proceso de registro. De los datos no se desprende que estos comités aprueben investigaciones sin la autoridad de CONBIOÉTICA, pero es razonable concluir que así sea. Se desprende que hay poca o ninguna diferencia en la percepción de los encuestados sobre el funcionamiento de los comités entre los que están registrados en la CONBIOÉTICA y los que no lo están. No hubo una correlación significativa entre el registro y los factores indicativos del buen funcionamiento de los comités.