En noviembre de 2020, la Oficina del Inspector General (OIG) del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE UU emitió una “Alerta especial de fraude” que destaca los “riesgos inherentes” al fraude que comenten las empresas farmacéuticas y de dispositivos médicos cuando pagan a médicos y a otros profesionales de la salud para dar una conferencia en eventos patrocinados por las empresas [1].
Estos programas de conferenciantes suelen involucrar a médicos que reciben un honorario de las empresas farmacéuticas o de dispositivos médicos para que hablen sobre un medicamento o dispositivo médico comercializado por la empresa que contribuye económicamente al evento. Con frecuencia la empresa ofrece comidas y bebidas gratis a los participantes. La OIG señaló que, en los últimos tres años, las compañías farmacéuticas y de dispositivos informaron haber pagado casi US$2.000 millones a profesionales de la salud por servicios relacionados con el programa de conferenciantes.
Las empresas, sin duda, esperan un retorno por esta enorme inversión. Para ello establecen un esquema de soborno ilegal. La OIG hizo referencia a los numerosos juicios por fraude que la OIG y el Departamento de Justicia han iniciado contra empresas y médicos por las remuneraciones que han pagado en relación con estos programas de conferenciantes que violan las leyes federales contra las comisiones ilícitas.
Es especialmente preocupante, que en algunos de estos casos de fraude las compañías farmacéuticas exigieron, como condición para que los conferenciantes recibieran honorarios, que los médicos escribieran un número mínimo de recetas de medicamentos producidos por sus empresas. Otros casos involucraron programas a los que asistieron profesionales de la salud, que habían asistido previamente al mismo programa o amigos o miembros de la familia que no tenían una razón legítima para asistir. Tales circunstancias refutan la justificación que ofrece Pharma de que estos programas son principalmente “educativos”.
El estatuto federal antisoborno protege a los pacientes de referencias o recomendaciones médicas que podrían estar influenciadas por incentivos económicos inapropiados. Según el estatuto, es un delito solicitar, recibir, ofrecer o pagar a sabiendas y deliberadamente cualquier remuneración para inducir o recompensar, entre otras cosas, la prescripción de medicamentos reembolsados por Medicare, Medicaid u otros programas federales de atención médica. La violación del estatuto se castiga con una multa de hasta US$100.000 o 10 años de prisión.
La severidad de la sanción se justifica porque dicho fraude podría producir un daño sustancial al paciente. Como declaró la OIG, la remuneración del programa de conferenciantes a médicos “puede sesgar su toma de decisiones clínicas a favor de sus propios intereses financieros y de la empresa, en lugar de a favor del interés del paciente”.
La alerta de fraude de la OIG concluyó señalando que, debido a la pandemia y la reducción de las reuniones en persona, ha habido una disminución sustancial en los pagos a médicos relacionados con el programa de conferenciantes. La OIG sugirió que, debido a los riesgos legales, las empresas y los médicos deberían pensarlo dos veces antes de reanudar estos programas. Se debe aplaudir a la OIG por adoptar una postura tan firme y protectora del paciente.
Referencia