Seria advertencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al gobierno por su anteproyecto para la modificación de la Ley de Patentes. El organismo presidido por Cani Fernández critica que en el nuevo texto se permita al sector farmacéutico acogerse a los modelos de utilidad, una protección de diez años diseñada para novedades de un grado de actividad inventiva menor que el exigido a una patente. En el caso farmacéutico podría afectar a lo que se conoce como innovación incremental, es decir, mejorar medicamentos ya existentes, o a otras novedades que no sean nuevos tratamientos.
En el informe elaborado por la CNMC se argumenta una posición crítica con esta figura. “Los modelos de utilidad funcionan generando monopolios para invenciones que no han demostrado superar los estándares de novedad y actividad inventiva, presupuestos de toda invención patentable, tanto jurídica como económicamente. Al concederse sin examen previo crean barreras a la entrada pues se traslada a los demandados -y, por tanto, competidores actuales o potenciales- la carga de impugnar, en tiempo y forma, estos derechos exclusivos. Además, pueden frustrar, si se mantienen, la consecución del objetivo de favorecer la innovación y, en último término la competencia, ya que puede darse el supuesto de que las solicitudes de patente que no cumplan los requisitos de patentabilidad sean reconvertidas en modelos de utilidad, lo que generaría el efecto contrario de pervertir el sistema”, dice el organismo.
Ante esto, la defensa de los redactores del anteproyecto se basa en las características diferenciales que tiene la figura de modelo de utilidad frente a la patente, sobre todo en el terreno farmacéutico. La primera de ellas sería el tiempo de protección, donde la patente otorga el doble de años de exclusividad (20 en lugar de diez). Además, también añaden otro matiz. En el sector farmacéutico es común la solicitud de un Certificado Complementario de Protección una vez caducada la patente. En caso de conseguirla, a los 20 años de protección se conceden cinco adicionales. Esta figura no está disponible para el caso de que la exclusividad venga otorgada por un modelo de utilidad.
Sin embargo, a la CNMC no le convence del todo este argumento y solicita que el sector farmacéutico no se incluya en esta modalidad, o si lo hace que sea con examen previo. “Dado que los modelos de utilidad funcionan como figuras de protección relativas a una actividad inventiva menor, no parece adecuada su utilización ampliada en el sector farmacéutico, por lo que se recomienda su replanteamiento”, concluyen.
Producción en España
Una de las características del tejido productivo del sector farmacéutico en España es su grado de innovación incremental, es decir, la puesta en el mercado de medicamentos mejorados. Durante mucho tiempo, las patronales han solicitado al gobierno que en la regulación de precios de medicamentos no se les tratase como a la molécula original a la hora de establecer su financiación. Sin embargo, hasta hoy no ha sido así.
Tras la pandemia, el gobierno (así como la Unión Europea al completo) quieren potenciar la fabricación local de medicamentos para evitar la dependencia actual de países como China e India. Muchos de los medicamentos que el Ministerio de Sanidad ha considerado esenciales se pueden fabricar en España y algunos se pueden mejorar respecto a la versión original.