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Novedades sobre la Covid

El Comité de la ONU advierte que la persistente negativa de los países del Norte Global a renunciar a los derechos de propiedad intelectual de la vacuna del covid-19 viola el derecho de no discriminación

(Global North States’ persistent refusal to waive COVID-19 vaccine intellectual property rights violated non-discrimination guarantee, UN Committee warns)
UN, Human Rights, 31 de agosto de 2023
https://www.ohchr.org/en/press-releases/2023/08/global-north-states-persistent-refusal-waive-covid-19-vaccine-intellectual
Traducido por Salud y Fármacos, publicado en Boletín Fármacos: Propiedad Intelectual 2023; 26 (4)

Tags: violación de derechos humanos, acceso a medicamentos en caso de pandemia, discriminación en pandemias, discriminación en el acceso, protección de la propiedad intelectual, fabricación insuficiente, ADPIC, CERD

El día de hoy, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD o Committee on the Elimination of Racial Discrimination) [1] ha pedido a los estados del Norte Global —en particular a Alemania, Suiza, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América— que renunciaran a los derechos de protección de la propiedad intelectual de las vacunas, tratamientos o tecnologías de salud relacionadas con la pandemia del covid-19, para respetar plenamente los derechos humanos.

En una decisión adoptada ayer en el marco de sus procedimientos de alerta temprana y acción urgente [2], el Comité expresó su preocupación por el hecho de que el covid-19 seguía siendo un grave problema de salud pública con terribles repercusiones negativas que recaían de forma desproporcionada en personas y grupos vulnerables a la discriminación racial, especialmente en las personas de ascendencia africana o asiática, las minorías étnicas, las comunidades gitanas y los pueblos indígenas.

Según los últimos datos de la OMS, alrededor del 32% de la población mundial ha recibido al menos una dosis de refuerzo o dosis adicional de la vacuna. Sin embargo, en países en vías de desarrollo como Gabón, Papúa Nueva Guinea, Burundi y Madagascar, la proporción es inferior al 1%.

“Los retos actuales de desigualdad pueden mitigarse significativamente compartiendo el acceso a los derechos de propiedad intelectual de las patentes de vacunas, tratamientos y tecnologías relacionadas que preservan la vida, y que actualmente están reservados a unos pocos países del Norte Global”, dijo el Comité.

El Comité subrayó que la persistente negativa a aceptar una exención del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) suscita preocupación en relación con las obligaciones de los estados miembros, en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial [3] y la obligación de garantizar la no discriminación.

Instó también a los estados miembros a dar prioridad a las cuestiones de derechos humanos y a incorporar garantías estrictas de respeto a los mismos, incluyendo un mecanismo que obligue a los gobiernos a suspender los derechos de propiedad intelectual en caso de una crisis de salud en la redacción del acuerdo sobre prevención, preparación y respuesta frente a pandemias que se está negociando actualmente en la Organización Mundial de la Salud. Asimismo, exhortó a “los estados miembros del Norte Global a proporcionar recursos para que los estados más pobres puedan satisfacer las capacidades médicas básicas que ahora se espera que tengan bajo el Reglamento Sanitario Internacional, y para que las vacunas, los medicamentos más importantes y otros equipos y suministros necesarios estén disponibles para todos”.

Los procedimientos de alerta temprana y acción urgente del CERD, bajo la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, tienen como objetivo principal considerar las situaciones que podrían desembocar en algún conflicto, a fin de adoptar las medidas preventivas adecuadas para evitar violaciones de los derechos humanos a gran escala.

Esta decisión cuenta con el respaldo de Ashwini K.P. —relatora especial de la ONU sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia— [4].

La decisión completa [5] está disponible en línea.

Referencias

  1. OHCHR. Committee on the Elimination of Racial Discrimination. United Nations. March 18, 2022. https://www.ohchr.org/en/treaty-bodies/cerd
  2. OHCHR. About early warning and urgent procedures. United Nations. (n.d.). https://www.ohchr.org/en/treaty-bodies/cerd/about-early-warning-and-urgent-procedures
  3. OHCHR. International Convention on the Elimination of All Forms of Racial Discrimination. United Nations. (n.d.-b). https://www.ohchr.org/en/instruments-mechanisms/instruments/international-convention-elimination-all-forms-racial
  4. OHCHR. (n.d.-c). Special Rapporteur on contemporary forms of racism. United Nations. (n.d.-c). https://www.ohchr.org/en/special-procedures/sr-racism
  5. Committee on the Elimination of Racial Discrimination. Prevention of Racial Discrimination, Including Early Warning and Urgent Action Procedure. OHCHR.org. 2023. https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=INT%2FCERD%2FEWU%2F9855&Lang=en
creado el 12 de Diciembre de 2023