Según Jessica García [1], la Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS) que tomará las funciones de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) y algunas competencias de los ministerios de Salud y Agricultura y Ganadería iniciará funciones el 7 de agosto, según su nuevo marco legal. Este organismo que centralizará el control sanitario a nivel nacional también adoptará las funciones del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP). La reforma a la ley se aprobó el 19 de junio de 2024 y salió publicada en la edición del Diario Oficial del 8 de julio de 2024. En el decreto se estableció su entrada en vigencia el 7 de agosto de 2024.
La SRS será la autoridad reguladora nacional de medicamentos, suplementos nutricionales, dispositivos y equipos médicos, otras tecnologías sanitarias, cosméticos, higiénicos de uso humano y veterinario; así como de productos químicos, alimentos, bebidas en general, alcohol, tabaco, dispositivos de liberación de nicotina o similares sin nicotina, lo que conlleva a asumir algunas competencias de los dos ministerios mencionados.
Ante esto, la DNM comunicó a sus usuarios que los trámites y procesos continuarán realizándose como hasta ahora, en las plataformas: portal en línea o ventanilla electrónica.
El trabajo que realiza la División Regional de Salud Ambiental también pasará a la Superintendencia de Regulación Sanitaria. Esta división verifica que los establecimientos cuenten con las condiciones sanitarias para brindar sus productos. Otra unidad que ya no funcionará es la de Alcohol y Tabaco, en la que actualmente se realizan trámites de registros de usuario de alcohol y aquellos realizados con tabaco como advertencias sanitarias.
La ley se aprobó con cuatro intendencias: Intendencia de productos farmacéuticos y afines, la Intendencia de alimentos, bebidas y productos afines; la Intendencia agropecuaria y productos afines, y la Intendencia de Vigilancia. Con la reforma solo habrá dos: la Intendencia de Vigilancia y la Intendencia de registro e inscripciones, por lo que se modificaron los artículos de las competencias y funciones que tendrán.
La de Vigilancia cuenta entre sus facultades y atribuciones con la de controlar y vigilar las sustancias estupefacientes, psicotrópicos, agregados o precursores; imponer las sanciones y multas; otorgar los permisos sanitarios de importación y exportación, donaciones, así como los de promoción y publicidad de los productos; la vigilancia sobre los productos, actividades y establecimientos objeto de regulación de la SRS; verificar el cumplimiento de lo previsto en esta ley; entre otras. Y el intendente de registro tendrá las facultades de otorgar el registro sanitario, otorgar la inscripción de los productos, llevar un registro de los usuarios del alcohol etílico potable y no potable, entre otras.
La SRS tendrá su consejo que estará conformado por el superintendente, por un designado de los ministerios de Salud, Economía, Hacienda, Agricultura y Ganadería, un representante del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, uno del Instituto Salvadoreño de Rehabilitación Integral, uno de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados, uno de Defensoría del Consumidor, uno de la Dirección General de Aduanas, y uno de la nombrados por un período más y cada uno tendrá su respectivo suplente bajo la misma forma.
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