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Los Países y la Propiedad Intelectual

Colombia: Superintendencia de Industria y Comercio confirma la licencia obligatoria otorgada a Minsalud sobre dolutegravir, un paso más para la protección de la vida de las personas con VIH/SIDA en Colombia

Ministerio de Salud y Protección Social, 4 de julio de 2024
Boletín de Prensa No 075-2024
https://www.minsalud.gov.co/Paginas/SIC-confirma-la-licencia-obligatoria-otorgada-a-minsalud-sobre-Dolutegravir.aspx

La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Resolución 34716 del 28 de junio de 2024, resuelve el recurso de reposición presentado por los titulares de la patente del medicamento antirretroviral DOLUTEGRAVIR: SHIONOGI & CO., LTD y VIIV HEALTHCARE COMPANY. Este acto administrativo confirma la Resolución 20049 del 23 de abril de 2024, con la cual se otorgó – por solicitud del Ministerio de Salud y Protección Social por primera vez en el país-, una licencia obligatoria de uso gubernamental por razones de interés público, sobre la patente de invención 07115501A, que comprende el principio activo dolutegravir. 

Esta decisión le permitirá al país fortalecer la respuesta al VIH/SIDA ampliando el acceso al dolutegravir, que según la evidencia científica es el tratamiento recomendado por la Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud y la Guía de Práctica Clínica para VIH/SIDA en Colombia, como la primera opción de tratamiento en la prescripción médica para:

  1. Población migrante venezolana (regular e irregular)
  2. Personas que viven con VIH recién diagnosticadas
  3. Personas con falla virológica
  4. Personas que requieren profilaxis post exposición

Todas estas poblaciones beneficiarias establecidas en la Resolución 1579 del 2 de octubre de 2023 de Minsalud.

“Según el Doctor Guillermo Jaramillo, Ministro de Salud: ‘Esta decisión hace parte de la implementación de la respuesta al VIH/SIDA de Colombia, y se espera beneficiar a alrededor de 50.000 personas que viven con VIH, contribuir con el control del surgimiento de nuevos casos, pues el acceso al tratamiento con dolutegravir además de darle a las personas que viven con VIH una mejor calidad de vida, hace que su carga viral sea indetectable y no transmitan el virus a otras personas’.”

La implementación de esta licencia obligatoria por parte del Ministerio de Salud y Protección Social permitirá que con el mismo valor que actualmente el sistema está cubriendo el tratamiento de una (1) persona que vive con VIH, se puedan tratar aproximadamente 27. Esta ampliación de acceso es importante, teniendo en cuenta que, el tratamiento para el VIH es para toda la vida. De esta manera se aumenta la eficiencia en el uso de los recursos del sistema de salud para fortalecer la respuesta de Colombia al VIH.

La garantía del acceso al tratamiento del VIH con dolutegravir que se obtiene mediante esta licencia obligatoria es una medida de salud pública que, por un lado le permite a los médicos en el marco de su autonomía profesional seguir la recomendación de la evidencia científica establecida en las guías antes mencionadas, y que las personas se beneficien de ser tratados con el medicamento que tiene el mejor perfil riesgo-beneficio disponible y, por el otro lado, contribuye a controlar el surgimiento de nuevos casos pues, dado que presenta menores efectos secundarios, aumenta la adherencia al tratamiento de las personas y se logra el control de la carga viral haciéndola indetectable, lo que en consecuencia reduce la posibilidad de transmisión del virus a otras personas.

Así las cosas, esta declaratoria es una herramienta que se suma a las acciones realizadas por el Minsalud y los demás actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud para avanzar en la materialización del derecho a la salud de las PVV en Colombia y, así, lograr una respuesta efectiva frente al VIH/SIDA.

creado el 28 de Octubre de 2024