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ECONOMÍA Y ACCESO

Tratados de libre comercio, exclusividad en el mercado, patentes

Brasil. Proponen modificar la ley de patentes para fomentar la innovación y la competitividad nacional
Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticas Argentinos
Boletín Propiedad Industrial, 2(4), 7 de Diciembre de 2013
https://www.cilfa.org.ar/index.php?modulo=index&accion=sitio_articulos&modulo2=articulos&accion2=sitio_noticias&idarticulos=109130&idcategoria1=19&idcategoria2=141&idcategoria3=97901&idcategoria4=#sitio_top

El Centro de Estudios y Debates Estratégicos de la Cámara de Diputados de Brasil presentó una publicación que contiene una profunda investigación, dirigida a apoyar el proyecto de ley 5402/2013 para modificar la ley de propiedad industrial de Brasil en aras de un sistema más equilibrado.

El pasado 10 de octubre de 2013 se presentó la publicación titulada “A Revisão da Lei de Patentes: Inovacão em prol da competitividade nacional” elaborada por el Centro de Estudios y Debates Estratégicos de la Cámara de Diputados de Brasil.

Dicha publicación destaca la necesidad de adoptar un sistema de patentes equilibrado entre exclusividad y competencia, correlacionado con otros derechos fundamentales, y dirigido a actuar como incentivo para la innovación tecnológica.

A través de 655 páginas, 20 capítulos y 5 anexos, se analiza con detalle el funcionamiento de las patentes como incentivo para la innovación, la relación del derecho humano a la salud con las patentes, los requisitos de patentabilidad y la calidad de las patentes, los procedimientos de oposición previa a la concesión de patentes, el uso público o gubernamental de las patentes, las patentes de polimorfos y segundos usos, la anuencia previa de la ANVISA, la protección de los datos de prueba, el abuso o sham litigation en materia de patentes, y las licencias obligatorias, entre otros temas de gran relevancia.

En particular, se destacan las siguientes consideraciones:

  • La imitación fue esencial para los países hoy desarrollados.
  • El Banco Mundial concluyó que no existe una relación de causa a efecto entre inversiones extranjeras y protección de patentes.
  • Las estadísticas indican que el actual sistema de patentes ha beneficiado más a los extranjeros.
  • El sistema de patentes actuó como mecanismo de transferencia de recursos de países menos desarrollados tecnológicamente a países ricos.
  • Los contratos de transferencia de tecnología en el área farmacéutica cayeron casi un 70% luego del Acuerdo TRIPS.

La publicación del Centro de Estudios y Debates Estratégicos de la Cámara de Diputados de Brasil también contiene recomendaciones para el INPI, la ANVISA, el Grupo Interministerial de Propiedad Intelectual y el Consejo Administrativo de Defensa Económica.

De tal modo, la publicación procura apoyar las discusiones en torno al proyecto de ley 5402/2013 que persigue reformular la ley de propiedad industrial de Brasil nº 9279/1996. Durante su presentación, se explicó que desde el dictado de la ley de propiedad industrial en el año 1996, la industria farmacéutica se vio muy perjudicada y Brasil pasó a gastar mucho más con la importación de medicamentos. Por ello, el proyecto de ley 5402/2013 incorpora reglas dirigidas a asegurar una regulación de propiedad intelectual balanceada, que aproveche plenamente las flexibilidades internacionales vigentes. Sin pretender enumerar todas las modificaciones propuestas, destacamos las siguientes:

  • Se prohíbe la patentabilidad de cualquier nueva propiedad o nuevo uso de sustancias o procesos conocidos;
  • Se prohíbe la patentabilidad de nuevas formas de sustancias conocidas que no resulten en un mejoramiento de la eficacia conocida de la sustancia. Se considera que las sales, ésteres, polimorfos, metabolitos, tamaño de las partículas, isómeros y mezclas de isómeros de una sustancia son considerados la misma sustancia a menos que difieran en sus propiedades de eficacia;
  • Se admite la presentación de oposiciones previas a la concesión de la patente y se establece el deber del examinador de manifestarse expresamente sobre cada oposición presentada;
  • Se establece y regula con mayor detalle el procedimiento de anuencia previa de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria –ANVISA- en el marco de las solicitudes de patentes para productos y procedimientos farmacéuticos;
  • Se establece el deber del INPI de ofrecer un canal electrónico, intuitivo, de fácil acceso y ligado a Internet, por medio del cual cualquier persona pueda presentar gratuitamente indicios o pruebas que sean un obstáculo para patentar una invención.
  • Se regula y admite el uso público no comercial de patentes o solicitudes de patente;
creado el 3 de Diciembre de 2014