Salud y Fármacos is an international non-profit organization that promotes access and the appropriate use of pharmaceuticals among the Spanish-speaking population.

Ética y Derecho
Litigación

Chile. Colusión en el mercado de farmacias
Septiembre de 2009
Editado por Salud y Fármacos

Chile. Cinco sumarios a farmacias por no tener píldora del día después
R. Luna
Radiobiobio, 22 de septiembre de 2009
www.radiobiobio.cl/2009/09/22/5-sumarios-a-farmacias-por-no-tener-pildora-del-dia-despues/

EE.UU. Llevan a los tribunales a la Universidad de Pittsburgh y a un científico de la Universidad Johns Hopkins por falsificar datos de una investigación sobre cáncer de próstata
Brian Bowling
Pittsburgh Tribune-Review, 3 de septiembre de 2009
Traducido por Salud y Fármacos

EE.UU. La FDA reafirma la exclusividad de patente de cinco años a Vyvanse
Pm Farma México, 29 de octubre de 2009
mexico.pmfarma.com/noticias/noti.asp?ref=4028

EE.UU. El Tribunal de Apelaciones americano respalda a AstraZeneca en su lucha con Teva y Sandoz por Seroquel
Pm Farma España, 19 de octubre de 2009
espana.pmfarma.com/noticias/noti.asp?ref=10750

España. Sanidad puede imponer visados por razones económicas
Diario Médico, 16 de septiembre de 2009
www.diariomedico.com/2009/09/23/area-profesional/sanidad/sanidad-puede-imponer-visados-razones-economicas

España. Sanidad adeuda 450 millones a las colaboradoras sanitarias
Diario Médico, 24 de septiembre de 2009
www.diariomedico.com/2009/09/24/area-profesional/sanidad/sanidad-adeuda-450-millones-colaboradoras-sanitarias

México. Cierran por vender medicamentos falsos farmacias en Yucatán
Milenio, 7 de octubre de 2009
www.milenio.com/node/299179

Uruguay. Nueva demanda al MSP por fármaco contra el cáncer
El País (Uruguay), 9 de septiembre 2009
www.elpais.com.uy/09/09/05/pnacio_440126.asp


Chile. Colusión en el mercado de farmacias
Septiembre de 2009
Editado por Salud y Fármacos

El proceso que lleva adelante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), tras la acusación de colusión en el mercado de las farmacias, inició su fase crítica.

Este 29 de septiembre partirán las declaraciones de los testigos que presentó la Fiscalía Nacional Económica (FNE), que a fines del año pasado demandó a farmacias Ahumada (Fasa), Cruz Verde y Salcobrand de coludirse para elevar el precio de más de 200 medicamentos, lo que es rechazado categóricamente por las dos últimas compañías.

Fasa llegó a un acuerdo con la FNE, el cual fue ratificado por la Corte Suprema, por lo que quedó fuera del proceso. La empresa, según consta en una resolución dictada ayer por los ministros del TDLC, pagó US$ 1 millón a beneficio fiscal que contemplaba el acuerdo extrajudicial. Ver noticia en Boletín Fármacos en: www.boletinfarmacos.org/062009/etica_y_derecho_Litigación.asp

Deberán presentar 12 testigos a elegir entre

:
Hernán Pfeifer, de Laboratorio Chile; Claudio Álvarez, de Bayer; Andrés Rudolphy, de Andrómaco, Jaime Ramírez, de Royal Pharma, y Luis Fernando Corvalán, de Pfizer. También están Paula Mazzachiodi, a cargo del área de remedios crónicos en Fasa, y Jaime Trewik, subgerente de Planificación Comercial de la firma. En las audiencias podrán participar, además de los representantes de la fiscalía y el Tribunal de la Competencia, los abogados de Cruz Verde y Salcobrand.

Realizadas estas diligencias, les corresponderá a las cadenas de farmacias acusadas presentar a sus testigos, entre los que figuran Alexander Galetovic y Patricio Rojas, por Cruz Verde, y Jorge Quiroz y Felipe Givovich, por Salcobrand.

Declaración de farmacias Salcobrand

El gerente general de Salcobrand, Roberto Belloni, dijo que "la teoría nuestra es que el caso se construyó sobre hipótesis equivocadas". A su juicio, "el fiscal (económico, Enrique Vergara) leyó mal la información, leyó mal cómo opera el mercado, leyó mal el análisis de los precios, leyó mal el tema de la similitud de los precios, leyó mal la relación del laboratorio con las farmacias y leyó mal los e-mails cuando se sacan de contexto".

Declaración de Farmacias Cruz Verde.

Tal como ayer hizo Salcobrand, la cadena presentó antecedentes ante el Tribunal de la Competencia para desvirtuar la acusación de colusión en las farmacias.  Y Cruz Verde no se queda atrás. La compañía presentó nuevos antecedentes ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), que lleva adelante el caso, con los cuales busca desestimar los argumentos de la FNE.

"Falsedades"

Siguiendo la teoría de Salcobrand, Cruz Verde afirma que el requerimiento de la FNE y el cronograma presentado por Farmacias Ahumada (conocido como Día 1, 2 y 3) contienen errores. La compañía presentó esquemas y boletas que "acreditan los errores o falsedades relevantes entre aquello que ocurrió efectivamente y lo que señaló Fasa y la FNE".

A su turno, Salcobrand dijo que la fiscalía analizó las boletas presentadas por Fasa "sin ningún seguimiento ni rigor" respecto de la fecha del alza de precios que efectivamente habría concretado la compañía. En tanto, en una resolución dictada el martes, el TDLC solicitó al fiscal del Ministerio Público, Luis Inostroza, entregar copia de las carpetas de su investigación que persigue un eventual delito penal. Esta investigación cuenta con la revisión a los computadores requisados a ejecutivos de Cruz Verde y SalcoBrand, los cuales fueron periciados por Investigaciones. Así se podría saber si se borró alguna información relevante para el caso.

Revelación de nuevos mails que aportó la FNE

A medida que avanza el caso por supuesta colusión entre las grandes cadenas de farmacias se conocen nuevos datos y se afina el análisis de los antecedentes ya aportados. Como algunos Emails que según la Fiscalía Económica (FNE) respaldan su demanda y que no habían sido conocidos públicamente. La autoridad borró los nombres de los autores y destinatarios.

– "En relación a los cambios de precios, aún no logro un consenso con vuestra competencia. Estoy trabajando en el tema” (fechado el 11 de marzo de 2008).

– "Te envío archivo con el análisis de cambio de lista y los nuevos PVP (precio de venta a público) calculados en base al % de alza. El proveedor quiere coordinar el alza para el jueves 13 de marzo" (fechado el 10 de marzo de 2008).

– "Envío diferencias con (tachado) de productos que hicimos alza, las boletas te las paso por mano. Favor gestionar con quien corresponda regularizar" (fechado el 4 de enero de 2008).

– "Hoy paso por un local de (tachado) y me encuentro con el (tachado) de 15 mg a $8.800 cuando acordamos hace poco más de un mes ponerlo a $7.590. Todavía no terminamos de coordinar la recepción de los productos de canje comprometidos y ya el acuerdo fue cambiado unilateralmente. ¿De qué sirve hacer acuerdo, entonces? ¿Qué podemos hacer? (fechado el 4 de diciembre de 2007).

Bibliografía:
[1] A fines de septiembre, Fiscalía Económica presentará sus testigos en caso farmacias
diario.elmercurio.cl/detalle/index.asp?id={9d34c282-5012-47f1-a072-37906df44677}
[2] Gerente general de Salcobrand: "La teoría nuestra es que el caso se construyó sobre hipótesis equivocadas"
diario.elmercurio.cl/2009/09/30/economia_y_negocios/economia_y_negocios/noticias/7034a020-a7b2-4374-854c-df4309f927bd.htm
[3] Cruz Verde se suma a las críticas a investigación de Fiscalía Económica
diario.elmercurio.cl/2009/10/01/economia_y_negocios/negocios/noticias/be5c9983-a7ba-41e8-bad6-a1649b7147ae.htm

 

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Chile. Cinco sumarios a farmacias por no tener píldora del día después
R. Luna
Radiobiobio, 22 de septiembre de 2009
www.radiobiobio.cl/2009/09/22/5-sumarios-a-farmacias-por-no-tener-pildora-del-dia-despues/

Cinco sumarios en sólo un día de fiscalización cursó la autoridad sanitaria metropolitana a las tres grandes cadenas farmacéuticas, por no tener la píldora del día después a la venta como lo obliga el decreto supremo de salud. Tras la instrucción del Ministerio de Salud, la autoridad sanitaria desplegó un fuerte contingente de fiscalizadores en la calle, que lograron cursar dichos sumarios.

Los infractores son locales del sector oriente de la capital y todos ellos son parte de las 3 grandes cadenas farmacéuticas, específicamente 2 de Cruz Verde, 2 de Ahumada y 1 de SalcoBrand.

El secretario regional ministerial metropolitano de Salud, Roberto Belmar, explicó que esta primera revisión basta para decir que el producto no esta disponible en todo Santiago y sus alrededores, porque tampoco aparece en el registro en línea. Los más indignados con esto fueron los propios consumidores, quienes tras conocer el caso de la niña de 14 años que fue violada en la comuna de La Reina y no pudo acceder a la píldora, se preocuparon aún más.

Cada farmacia arriesga una multa que va desde los 3.600 pesos hasta una cifra cercana a los 37 millones, la que se hace más probable considerando que la reincidencia ya que estas cadenas fueron sancionadas por lo mismo el año pasado.

 

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EE.UU. Llevan a los tribunales a la Universidad de Pittsburgh y a un científico de la Universidad Johns Hopkins por falsificar datos de una investigación sobre cáncer de próstata
Brian Bowling
Pittsburgh Tribune-Review, 3 de septiembre de 2009
Traducido por Salud y Fármacos

Un científico de la Universidad Johns Hopkins y la Universidad de Pittsburg cometieron fraude en una investigación que duró más de cinco años, dijo el miércoles una empresa de Redmond, Washington, en una demanda presentada ante un tribunal federal.

Onconome, una empresa privada de biotecnología, dijo que gastó millones de dólares en el financiamiento de una investigación del cáncer de próstata basada en una patente perteneciente a la Universidad y al Dr. Robert H. Getzenberg. Según la demanda, la empresa también invirtió millones de dólares con la finalidad de producir y comercializar pruebas de diagnóstico basadas en la patente sólo para descubrir que los avances científicos en que ésta se fundamentaba “eran y son imaginarios.”

“No obstante los espectaculares (y falsos) resultados proclamados por los acusados” sigue la demanda, “el ensayo Getzenberg no era más seguro que echar una moneda al aire, en cuanto a precisión para distinguir un tejido canceroso de uno normal.”

John Fedele, portavoz de Pittsburgh, dijo que era política de la Universidad no hacer comentarios sobre litigios pendientes. Tampoco fue posible establecer un contacto con Getzenberg.

En el 2001, Getzenberg afirmó haber descubierto un biomarcador (antígeno precoz de cáncer de próstata o EPCA-2, por sus siglas en inglés) que sólo se encontraba en pacientes humanos con cáncer de próstata. Con el aporte de inversores, Onconome fue fundada para producir y comercializar pruebas de diagnóstico basadas en los biomarcadores descubiertos por Getzenberg. Pero según la demanda, en el 2007 la empresa supo a través de otros investigadores, que Getzenberg nunca había logrado aislar el biomarcador en una secuencia de ADN humano, y que la única proteína que había localizado correctamente procedía de una rata.

Entre 2002 y 2008, Getzenberg se desempeñó como director de desarrollo científico y portavoz de la empresa. De acuerdo a la demanda, por lo menos en 23 reuniones del consejo directivo, el investigador presentó información actualizada sobre la investigación que estaba realizando, mientras afirmaba que el desarrollo de su descubrimiento avanzaba hacia la obtención de una prueba viable para detectar el cáncer de próstata.

Sin embargo, los supuestos avances eran ilusorios, afirma la demanda. Getzenberg presentaba a la empresa resultados de laboratorio cuidadosamente seleccionados para demostrar que su investigación funcionaba, pero excluía “la mayoría de los datos de su laboratorio que no coincidían con sus afirmaciones.”

La empresa demanda a la Universidad de Pittsburg por no supervisar debidamente la investigación de Getzenberg.

Steven Recht, abogado de Weirton, Virginia, que representa a Onconome, se negó a hacer comentarios sobre el litigio, salvo decir que la acusación de 68 páginas establece los motivos específicos que la empresa alega contra la Universidad y Getzenberg.

Sería valioso disponer de una prueba que permita detectar con mayor precisión si una persona padece cáncer de próstata. Esta enfermedad no sólo constituye el cáncer diagnosticado con mayor frecuencia sino también la segunda causa más común de muerte por cáncer en la población masculina estadounidense.

Según la demanda, la prueba del cáncer de próstata que se usa hoy día es “problemática” porque muchas veces se detecta cáncer donde no lo hay.

Para identificar el cáncer de próstata, los médicos suelen utilizar una prueba de detección denominada PSA (antígeno prostático específico) que mide los niveles de una proteína en la sangre. Aunque algunos médicos han cuestionado su precisión, otros dicen que el PSA es una herramienta fiable.

“Si se utiliza en la forma correcta, el PSA es una herramienta muy buena,” dijo el Dr. Jitendra Desai, un urólogo de UPMC Passavant en McCandless. “No estoy seguro de la efectividad de estas nuevas pruebas.”

Desai dice que algunos hombres deberían realizarse la prueba de detección del PSA en combinación con un examen digital rectal – combinación que puede ayudar a detectar el cáncer en sus primeros estadios, cuando el tratamiento tiene mayores probabilidades de resultar exitoso.

 

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EE.UU. La FDA reafirma la exclusividad de patente de cinco años a Vyvanse
Pm Farma México, 29 de octubre de 2009
mexico.pmfarma.com/noticias/noti.asp?ref=4028

La FDA, tras una revisión administrativa exhaustiva de los estándares regulatorios y estatutarios vigentes, ha afirmado su decisión de otorgar una exclusividad de cinco años de nueva entidad química al dimesilato de lisdexanfetamina, comercializado por la división americana de la farmacéutica británica Shire para el tratamiento de trastorno de hiperactividad con déficit de atención bajo el nombre de Vyvanse.

El período de exclusividad de cinco años finaliza el próximo 23 de febrero de 2012. Vyvanse está cubierto por patentes americanas, las cuales permanecen en vigencia hasta el 29 de junio de 2023, observa la firma británica.

El 23 de febrero de 2007, tras revisar los estudios clínicos requeridos remitidos a nombre de Vyvanse, la FDA lo calificó como una nueva entidad química y se le otorgó una exclusividad de marketing de cinco años. La agencia, por lo tanto, rechazó la Solicitud Abreviada de Nuevos Fármacos remitida por Actavis, bajo nombre de Elizabeth, para dimesilato de lisdexanfetamina genérico en enero de 2009. El 24 de febrero de 2009, Actavis demandó a la FDA ante el Tribunal de Distrito de Columbia solicitando la aprobación de su fármaco como nueva entidad química. El 13 de abril, la Administración afirmó que la decisión final quedaba pendiente hasta que se obtuviera el resultado definitivo de la revisión.

Hace un año, un informe de Pharmacor, titulado ‘Attention-Deficit/Hyperactivity’, observó que Vyvanse obtendrá 1.200 millones de dólares en ventas en 2017, debido en gran parte a la eficacia del fármaco, a su aprobación para niños y adultos así como también por su menor potencial de abuso comparado con otros psicoestimulantes de primera línea.

Posteriormente, Shire llegó a un acuerdo con GlaxoSmithKline para co-promover Vyvanse en los EE.UU., haciendo que las acciones de la primera subieran marcadamente, estimuladas por la especulación de que el acuerdo era el preludio para una posterior adquisición por parte de GSK.

Diversos analistas aseguraron que el poder de marketing de GSK podría añadir alrededor de 500 millones de dólares al potencial de ventas de Vyvanse.

 

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EE.UU. El Tribunal de Apelaciones americano respalda a AstraZeneca en su lucha con Teva y Sandoz por Seroquel
Pm Farma España, 19 de octubre de 2009
espana.pmfarma.com/noticias/noti.asp?ref=10750

El Tribunal de Apelaciones americano para el Circuito Federal ha comunicado la decisión del juez en el litigio de patentes que involucra al exitoso fármaco para trastorno bipolar y esquizofrenia Seroquel en tabletas (fumarato de quetiapina) de la farmacéutica anglo-sueca AstraZeneca. La reciente decisión confirma el fallo del Distrito Federal de que los productos de Teva y Sandoz infringirán la patente de Seroquel y que la patente actual es válida y ejecutable. Como el Tribunal del Circuito Federal de Apelaciones falló a favor de AstraZeneca, el juicio es innecesario, aseguró la farmacéutica británica.

En julio de 2008, AstraZeneca anunció que el Tribunal de Distrito americano para el Distrito de Nueva Jersey otorgó la moción para el fallo de Conducta Improcedente en el litigio que involucra a la israeliana Teva Pharmaceutical Industries y a Sandoz, la empresa de genéricos de la suiza Novartis.

Seroquel es el fármaco más vendido de AstraZeneca, con ventas globales cercanas a los US$4.000 millones durante el pasado año, y representa alrededor del 10% de los ingresos de la firma, con una facturación anual en EE.UU. de US$3.500 millones. Teva y Sandoz anunciaron su intención de apelar la decisión al Circuito Federal. La patente ‘288 expirará en 2011, a pesar de que la exclusividad pediátrica podría ampliar la protección de AstraZeneca hasta el 2012.

 

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(regresa a Ética y derecho)

 

 

España. Sanidad puede imponer visados por razones económicas
Diario Médico, 16 de septiembre de 2009
www.diariomedico.com/2009/09/23/area-profesional/sanidad/sanidad-puede-imponer-visados-razones-economicas

La Administración tiene derecho a imponer visados a los fármacos por razones económicas y de uso racional de los medicamentos. Así lo defiende el Tribunal Supremo en una sentencia sobre los visados que impuso el Ministerio de Sanidad a los antiinflamatorios inhibidores de la COX-2.

Los hechos de la sentencia se remontan a 2003, fecha en la que la patronal de los laboratorios Farmaindustria y varias compañías a título particular presentaron sendos recursos judiciales contra los visados, alegando que no respondían a razones sanitarias sino a la voluntad de evitar la prescripción de estos fármacos por cuestiones económicas, imponiendo para ello burocracia al médico y al paciente como sistema disuasorio para la prescripción.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló en 2006 a favor de Farmaindustria anulando el visado impuesto a estos fármacos, pero la sentencia fue recurrida por el ministerio ante el Tribunal Supremo. Entretanto, la Comisión Europea había decidido intervenir entonces y, en 2005, pidió explicaciones a España a través de una carta de emplazamiento, sobre el porqué de los visados, amenazando con una denuncia ante el Tribunal de Luxemburgo si las explicaciones españolas no satisfacían las dudas europeas sobre la falta de transparencia del sistema de reembolso y de la libertad de prescripción de estos productos.

La decisión europea no ha llegado formalmente todavía, pero sí lo ha hecho la sentencia del Supremo, que ha decidido anular el fallo del Tribunal Superior de Justicia y dar ahora la razón al Ministerio de Sanidad. El Supremo explica en su sentencia que "el uso racional de los productos y el excesivo gasto derivado de su inadecuada utilización son suficientes y habilitan a las autoridades sanitarias para someter la prescripción y dispensación de estos medicamentos a un visado previo".

El Supremo acepta así la argumentación del Abogado del Estado que aseguraba que "los dos medicamentos indicados para la artritis reumatoide y la artrosis se presentan como el remedio para toda clase de dolor, como superaspirinas, de suerte y manera que su cuota de mercado supera todo lo previsible, ya que se prescriben hasta para resfriados y se aconseja su adquisición para simples dolores de cabeza, en lugar de cualesquiera especialidades farmacéuticas de aspirina o paracetamol, por lo que, las razones económicas se comprenden entre los motivos de interés público" que contempla la legislación como posibles causas para imponer visados.

Contra esta argumentación, la patronal de los laboratorios alegaba que "la Administración puede habilitar en general medidas para la reducción del gasto público, pero no se pueden admitir exclusivamente medidas de esta naturaleza económica, de limitación del gasto público, para modificar, por razones sanitarias, las condiciones específicas de dispensación y uso de un producto farmacéutico".

El Supremo, que ha dictado ya sentencia sobre el recurso de Farmaindustria, pero tiene previsto notificar un nuevo fallo sobre el recurso de un laboratorio en las próximas semanas, coincide sin embargo con la argumentación del Abogado del Estado.

Para el Supremo, "el incremento notable de prescripciones respecto a las previsiones que razonablemente se tuvieron en el momento de su aprobación, pone en cuestión su uso racional".

 

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España. Sanidad adeuda 450 millones a las colaboradoras sanitarias
Diario Médico, 24 de septiembre de 2009
www.diariomedico.com/2009/09/24/area-profesional/sanidad/sanidad-adeuda-450-millones-colaboradoras-sanitarias

Faltan tan sólo unos días para que el Gobierno presente el proyecto de Presupuestos Generales del Estado, y la austeridad prevista de las cuentas probablemente va a precisar algún que otro remiendo. Y es que, si el Tribunal Supremo no cambia el criterio que ha comenzado a adoptar en sus primeras sentencias sobre el conflicto de las llamadas colaboradoras sanitarias, Sanidad podría verse condenada a desembolsar alrededor de €450 millones que adeuda a más de cincuenta entidades de esta clase por un viejo conflicto jurídico que les enfrenta desde finales de los años noventa.

La historia de las entidades colaboradoras sanitarias se remonta a los años sesenta, cuando compañías como Repsol, Telefónica el BBVA, La Caixa o Gas Natural, comenzaron a prestar servicios sanitarios a sus trabajadores como medio para aliviar la carga asistencial del SNS y por los que percibían a cambio una reducción del 9 por ciento en la cuota de cotización de la empresa a la Seguridad Social. Comoquiera que el Pacto de Toledo separó las fuentes de financiación de la sanidad y la Seguridad Social, se decidió que a partir de 1998 las colaboradoras sanitarias percibirían a cambio de los servicios sanitarios prestados un pago directo del Ministerio de Sanidad, calculado en función del coste medio de la atención a cada paciente que habría supuesto para el Insalud.

Este pago directo sólo se produjo en 1998, cuando Sanidad tuvo que pedir un crédito extraordinario de €100 millones para pagar a dichas colaboradoras. Desde 1999 Sanidad dejó de pagar, pero las compañías siguieron prestando sus servicios sanitarios hasta 2004, animadas incluso en algunos casos por gobiernos regionales, como el de la Comunidad de Madrid, que ofreció subvenciones a las compañías para seguir prestando su servicio si reclamaban judicialmente contra Sanidad los pagos y, en caso de sentencia favorable, devolvían al gobierno regional el importe de las subvenciones.

Tras un tortuoso recorrido por los juzgados, los más de 50 recursos presentados por las compañías contra el impago de Sanidad han comenzado a fallarse con sentencias firmes que no pueden recurrirse en el Tribunal Supremo. Ahora, el máximo tribunal se acaba de decantar a favor de las colaboradoras en sus sentencias sobre el caso de Repsol, Telefónica o Banco Español de Crédito (Banesto).

Si no cambia de criterio el Supremo, la deuda a la que se verá obligada a pagar Sanidad ascenderá a cerca de €450 millones, "tal vez más por los intereses de demora que arrastra el conflicto y porque el sistema que se está usando para el cálculo es el de la reducción de las cuotas de la Seguridad Social, por la dificultad de calcular los costes medios ahora que ya no existe el Insalud, y con ese sistema la deuda de Sanidad es mayor", concluye Rafael Ariño, de Ariño y Asociados, abogado en el grueso de recursos presentados por las colaboradoras.

 


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México. Cierran por vender medicamentos falsos farmacias en Yucatán
Milenio, 7 de octubre de 2009
www.milenio.com/node/299179

Siete farmacias que expendían medicamentos falsos fueron suspendidas de sus funciones en Mérida, Yucatán, y se retiraron fármacos caducados de otras cuatro durante un operativo.

La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal detalló en un comunicado, que en la acción participó personal de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

También intervino personal de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, de la Procuraduría General de la República (PGR). Asimismo, agentes de las policías Federal y Federal Ministerial y representantes de laboratorios farmacéuticos que verificaron la mercancía, y hallaron medicamentos apócrifos con el nombre de Cialis y Neomelubrina. La acción se registró en distintos puntos de la capital yucateca y se suspendieron los siguientes establecimientos: Farmacia Yza, Yza Polígono, ubicada en la Calle 31 número 377-A, colonia Polígono 108, C. P. 97144. Farmacia Yza, Yza Glorieta, en la Calle 32, número 200-A, departamento cinco; Farmacia Yza, Yza Aviación, en la Calle 71, número 626, colonia Sambulá.

Además clausuraron la Farmacia Yza, Yza 50 Sur, Farmadepot, Farmacia Yza, Yza Cena, y Farmacia Yza, Yza Monte Cirsto.

Durante las acciones se retiró medicamento caduco de las farmacias Portales, y Norte. Asimismo de la Farmacia y Droguería, Farmacia San Martín.

La dependencia federal informó que el medicamento Cialis contiene un químico llamado tadalafil, un inhibidor reversible que se utiliza para el tratamiento de la disfunción eréctil; en tanto, la Neomelubrina contiene metamizol sódico para combatir la fiebre y el dolor.

 

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Uruguay. Nueva demanda al MSP por fármaco contra el cáncer
El País (Uruguay), 9 de septiembre 2009
www.elpais.com.uy/09/09/05/pnacio_440126.asp

La Justicia tramita un nuevo recurso de amparo contra el Fondo Nacional de Recursos (FNR) de parte de un paciente oncológico que reclama un fármaco de alto costo para el tratamiento de un tumor cerebral.

El paciente, oriundo de Colonia y de 37 años, exige el medicamento Temodal (la droga es temozolamida), el cual está incluido en el Formulario Terapéutico Médico (FTM), pero el FNR lo niega bajo el argumento de que el caso no se adecua "con los requisitos técnicos del protocolo".

El FNR alega que el paciente no debe recibir éste medicamento y aconseja la radioterapia para su tratamiento. Sin embargo, para justificar el reclamo se presentaron informes médicos nacionales e internacionales que respaldan la acción ante la Justicia.

En el texto de la demanda se agrega además que "la bibliografía a la que recurre el FNR para demostrar el efecto beneficioso de la radioterapia no parece ser la más adecuada ya sea por su falta de actualización (dos de los tres artículos son de 1978 y 1980) y además porque uno de los estudios se realizó sobre una población con características diferentes a las del paciente", según consta en el escrito presentado por los abogados Pedro Montano y Guillermo García Duchini.

En una primera instancia, el reclamo fue desestimado por un Juzgado Civil de Rosario y por eso ahora sus abogados recurren a un Tribunal de Apelaciones Civil.

El medicamento reclamado tiene un costo de P$104.000 (1US$= 20,84 pesos uruguayos) la dosis mensual.

Gracias a la ayuda de sus familiares, el paciente ha recibido varias dosis del costoso fármaco y según se establece en la denuncia "la lesión no sólo no avanzó, sino que la evolución de su estado clínico es positivo, lo que demuestra que el tratamiento es correcto sin necesidad de rayos".

El recurso agrega que se trata de un paciente joven que bajo el tratamiento que propone el FNR "tendría una larga expectativa de vida, pero con gravísimos handicaps neurocognitivos". El documento se apoya en afirmaciones del oncólogo Robinson Rodríguez, quien asegura en su informe que "actualmente (el paciente) presenta un excelente estado general y neurológico, crisis controladas con comitoina y mejoría luego que inició el tratamiento oncoespecífico" (con temozolamida)" y añade que el hombre "continúa trabajando en sus tareas habituales" gracias al tratamiento. El paciente es obrero de Fanapel y tiene dos hijos.

La demanda se suma a otros reclamos similares al FNR por el acceso a medicamentos oncológicos.

La semana pasada, la Justicia de Paysandú falló a favor de una paciente con cáncer de hígado y obligó al MSP a otorgarle un fármaco que no estaba en el vademécum.

 

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(regresa a Ética y derecho)

modificado el 19 de septiembre de 2017