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PRESCRIPCIÓN, FARMACIA Y UTILIZACIÓN

Entrevistas

Costa Rica. Director médico de GNC: “No decimos que nuestros productos curan algo”
Fernández Sanabria, A
El Financiero, 1 de junio de 2014
http://www.elfinancierocr.com/negocios/GNC-Ministerio_de_Salud-Francisco_Campabadal-registro_de_productos_0_527947222.html

EF quiso profundizar en el conflicto entre GNC y Salud en esta entrevista.

La conversación con Francisco Campabadal, director médico de GNC, se llevó a cabo horas antes de que el Gobierno anunciara que iba a simplificar el proceso de inscripción de registro de productos con declaraciones juradas de cumplimiento de las normas de salud.

P. Doña Ileana Herrera, jefa de la Unidad de Registro en el Ministerio de Salud, planteaba que si usted vende sábila y afirma que cicatriza la piel, usted debe demostrar que ese producto surte tal efecto.

R. Ellos le llaman “producto natural medicinal”. En Salud le atribuyen calidad de medicina a las hierbas. Dicen que las hierbas son medicina. Ese concepto de que ellos quieren usar medicinas para tratar es típico de la medicina natural. La naturopatía no es una ciencia médica reconocida en el país, tampoco en los EE UU. Ellos piden evidencia científica para algo que en el planeta Tierra no es ciencia. Ahí viene la imposibilidad de cumplir, porque ningún médico convencional, como yo, va a usar su nombre para decir que la sábila (bebida de aloe vera) sirve para nada.

P. La duda que me surge es que, si usted tiene un producto natural que dice que le baja el colesterol, usted tiene que demostrarlo ¿no?

R. En las etiquetas del producto dice “puede que ayude a…”, no decimos que los productos curen algo.

P. Este producto que vende GNC (se le muestra una imagen de un producto a base de levadura de arroz rojo) dice en su etiqueta, explícitamente, que baja el colesterol malo. El reglamento plantea que si su producto dice que va bajar el colesterol, debe hacerlo, y para eso se les pide información.

R. Si a mí me llega una persona a mi consultorio con el colesterol alto yo no le voy a mandar este producto, yo le voy a mandar un fármaco. Hay gente que quiere probar con este producto a ver si le sirve. En general, los médicos convencionales no avalan este tipo de producto. Y en este mismo frasco tiene que venir una etiqueta que dicen que no se debe diagnosticar, tratar ni curar enfermedades.

P. Sí, pero el reglamento lo que pide es demostrar con revistas científicas lo que se atribuye a ese producto, en el caso de un suplemento dietético.

R. ¿Cómo demuestra usted en una revista científica que la proteína es proteína?

P. No, usted lo que debe demostrar es que suplemento dietético realmente suplirá un dieta. Por ejemplo, si al tomar tal pastilla ese producto le suplirá tal vitamina a su dieta.

R. Nuestros productos dicen que no sirven para tratar ni curar enfermedades.

P. ¿Usted sabe lo que implica para el consumidor que el Ministerio les diga ahora que ustedes no deben demostrar que sus productos bajan el colesterol? ¿Por qué hay que cambiar el reglamento porque ustedes no pueden dar esa información?

R. Es que no existe.

P. ¿Entonces por qué se afirma en el producto que baja el colesterol malo?

R. Se afirma de una forma folclórica en el sentido en que la avena puede bajar el colesterol. Lo que pasa es que no cuentan con el aval de la medicina tradicional. Las monografías y ensayos clínicos son propios de la industria farmacéutica, de la medicina convencional. El médico convencional no cree en este tipo de remedios.

P. ¿Usted no cree que el consumidor sí cree en este tipo de remedios?

R. Tiene derecho a creer en eso.

P. Este otro producto dice que disminuye el impacto calórico de los carbohidratos. ¿No tiene sentido que les exijan demostrar que este producto baja el impacto calórico de los carbohidratos?

R. Diay [en Costa Rica quiere decir al principio de frase Bueno], habría que ver cuál es el ingrediente que están usando ahí.

p. Es extraño que se tenga que cambiar un reglamento porque ustedes no pueden demostrar que sus productos naturales efectivamente bajan el colesterol, o bajan el impacto calórico de los carbohidratos que consumimos, como lo ofrece la etiqueta, ¿no cree?

R. Vea, lo de la levadura de arroz si hay estudios, lo que pasa es que no podemos hablar de unos pocos productos y tratar de interpretar toda la industria a ese nivel. Yo lo que le quiero tratar de explicar es el problema de fondo, de por qué la documentación que exigen acá no existe en EE UU. Estos no son productos avalados por médicos convencionales. En algunos casos existen estudios, en otros no.

P. ¿Por qué sus etiquetas dicen que ese medicamento me va a bajar el colesterol malo?

R. Esto no es de nosotros.

P. Eso se vende en la tienda virtual GNC Costa Rica.

R. Sí, sí, sí. Esto sí tiene estudios. Pero es una excepción de pocas. Esta levadura yo la había investigado cuando empecé a trabajar acá y efectivamente hay unos cuatro estudios de buena calidad que demuestran que bajaron el colesterol malo de una manera eficaz. Lo que pasa es que desde el punto de vista legal, especialmente los EE UU, que era donde yo ejercía medicina, si a mí me llega alguien con un colesterol sumamente alto, y yo lo mando a comprar este producto, y él se infarta a los dos días, a mí me pueden demandar, porque ese no es un producto avalado por la medicina tradicional para tratar el colesterol. Esto tiene algunos estudios que demuestran el efecto, pero ¿qué pasa con las cápsulas de ajo, las de alcachofa, de manzanilla, las de canela, las de algas?

P. Quizás el argumento del Ministerio de Salud (antes de que cambiara de postura el miércoles de la semana pasada) y estos reglamentos tiene sentido en el tanto yo, como consumidor, asuma que tomar esto me bajará el colesterol o bajará el efecto calórico de los carbohidratos, ¿por qué variaría entonces los reglamentos que piden que se demuestre lo que indica la etiqueta?

R. En los demás países, lo que una agencia reguladora podría decir es, “apórtenos la evidencia” y se podría aportar, pero usted no le puede pedir eso a toda una gama de productos para que cumplan lo que solamente puede cumplir este.

P. ¿Pero entonces por qué se pone ese efecto en la etiqueta si no me lo va a demostrar? Por eso tiene sentido que les exijan la monografía del producto, para conocer su efectividad, ¿no cree?

R. La monografía lo que dice son las indicaciones, dosificación y toxicología.

P. La definición en el reglamento dice que se trata de la “descripción científica y técnica de la seguridad y eficacia del producto final.”

R. Estamos hablando de indicaciones y dosis. Esto es un problema de fondo. De qué es la medicina dependiendo de cierto punto de vista. Por eso este es un tema que se puede volver controversial, porque la naturopatía o medicina natural es vista como una medicina que cree en los efectos terapéutico de ciertos productos naturales, pero eso no es avalado por la medicina convencional, que es la única que tiene respaldo gubernamental en la mayoría del planeta tierra. Estos son productos naturales, esto es arroz que se vende de una forma más concentrada. Viene bajo la misma premisa de que la avena puede bajar el colesterol también. Esto es como vender avena concentrada. Hasta las cajas de cereal Cheerios lo dicen: “Puede que ayude a bajar el colesterol” y trae un corazón, pero hay una gran diferencia entre esto y Lipitor, el medicamento.

P. ¿Entonces por qué estos productos dicen que van a bajar el colesterol?

R. Lo dicen de la misma forma que lo dice el cereal.

P. Los cereales lo dicen de una forma diferente. Entiendo que ellos dicen “En una dieta saludable esto puede ayudar”. Este producto de ustedes dice directamente: “Baja el colesterol malo”.

R. A mí me gustaría tener el frasco entero de esto para responderle. Yo sí sé que de esto hay cuatro estudios que respaldan a la levadura de como un producto efectivo para bajar el colesterol malo. Sin embargo, le digo, esto no es avalado por la medicina convencional. No cae en los mismos estándares que algo como Lipitor, un medicamento.

P. Por eso mismo tiene sentido pedir, como lo hace el reglamento de estos productos, que se demuestre lo que ofrece la etiqueta, ¿no cree?

R. A nosotros no nos molestaría que en un caso como el de este producto en específicos se nos solicite la evidencia científica que hay. Pero no se puede aplicar a toda la gama de productos que tenemos. Ellos deben tener la flexibilidad de aplicarlos para algunas cosas y para otras no, y entender por qué eso existe y no existe alrededor del mundo.

P. ¿Tiene sentido que yo le diga que no venda ese producto si usted no demuestra tales efectos?

R. Creo que sería interesante hacer un análisis de cada producto individualmente. El error es aplicar unas leyes a toda una industria. Algunos casos podemos verlos de esa manera, y entre más médicos tradicionales los recomienden, más se pueden pedir los estudios.

P. Por el lado de los suplementos dietéticos, doña Ileana Herrera, jefa de la Unidad de Registro, decía que ustedes tenían problemas para aportar los máximos y mínimos de vitaminas y minerales para ver si efectivamente estos productos suplen las dietas. ¿Qué opinan de esas exigencias?

R. Ese no era el problema de los suplementos dietéticos. El problema es que ese reglamento hace una interpretación única en el mundo de lo que puede o no clasificarse como suplemento dietético. Para ello hay dos tablas, una de mínimos y máximos. El Ministerio dice que con solo una sustancia que esté por encima o por debajo de esas dos tablas ya no puede ser clasificado como un suplemento tradicional. Eso solo pasa en Costa Rica. Y no es que no podemos demostrar que las vitaminas que están en la etiqueta no vienen en el producto. Eso está en la fórmula cuali-cuantitativa. Eso existe y está presentado. Es un problema de concepto de creer que producto nutricional [es] el que cae exactamente en esas tablas. Eso lo han visto muchos expertos. Eso es algo de Costa Rica, nada más. Nosotros fuimos a hablar con las fuentes del reglamento (Campabadal aportó tales documentos a EF), la bibliografía. Hablamos con los expertos, y ellos nos dicen que estas son solo recomendaciones, una estimación, un aproximado, pero no puede ser un límite absoluto para la fabricación de productos que define qué es y qué no es un suplemento alimentario.

creado el 12 de Septiembre de 2017