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Los Organismos Internacionales y la Propiedad Intelectual

Las medidas en materia de propiedad intelectual, recogidas en el “Pacto para el futuro” de la ONU, se deben revisar para garantizar la innovación y el acceso universal a los productos para la salud

(UN “Pact for the Future” intellectual property actions need revision to ensure innovation and access to health products for all)
Ellen ‘t Hoen
Medicines Law & Policy, 13 de septiembre de 2024
https://medicineslawandpolicy.org/2024/09/un-pact-for-the-future-intellectual-property-actions-need-revision-to-ensure-innovation-and-access-to-health-products-for-all/
Traducido por Salud y Fármacos, publicado en Boletín Fármacos: Propiedad Intelectual 2024; 27 (4)

Tags: barreras para acceder a los medicamentos, gobernanza farmacéutica, desarrollo sostenible de medicamentos, innovación tecnológica, propiedad intelectual e innovación, flexibilidades de los ADPIC, DNDi, ARNm, RNAm

En la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, un grupo de países está redactando el “Pacto para el futuro” que se adoptará en la Cumbre del Futuro —la cual se celebrará los días 22 y 23 de septiembre de este año en Nueva York— [1, 2]. El objetivo de la Cumbre y del Pacto es reafirmar la Carta de las Naciones Unidas, reactivar el multilateralismo, impulsar el cumplimiento de los compromisos existentes, acordar soluciones a los nuevos retos y restablecer la confianza.

El último borrador del Pacto contiene sesenta medidas en los ámbitos del desarrollo sostenible y la financiación para el desarrollo; la paz y la seguridad internacionales; la ciencia, la tecnología y la innovación y la cooperación digital; la juventud y las futuras generaciones; y la transformación de la gobernanza mundial.

En cuanto a la ciencia, el Pacto señala acertadamente que “las innovaciones y los avances científicos que pueden hacer que nuestro planeta sea más sostenible, y nuestros países más prósperos y resistentes, deben ser asequibles y accesibles para todos”. Pero uno de los puntos de acción podría arruinar este noble objetivo.

En el listado de medidas hay un punto de acción específico sobre la propiedad intelectual, que menciona: “Defender los derechos de propiedad intelectual para ayudar a los países en desarrollo a lograr un desarrollo sostenible”. El documento continúa explicando lo siguiente:

Reconocemos la importancia de los derechos de propiedad intelectual para el progreso de la ciencia, la tecnología y la innovación.

Decidimos:

  • Proteger y exigir el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual para promover la innovación tecnológica, generar confianza y contribuir a la transferencia y difusión de tecnología, en términos mutuamente acordados.
  • Respetar los acuerdos consagrados en las obligaciones jurídicas internacionales relevantes que guarden relación con el comercio y los derechos de propiedad intelectual, incluyendo el derecho de los Estados miembros a utilizar las flexibilidades contempladas en los mismos, para facilitar el acceso de los países en desarrollo a las innovaciones científicas y tecnológicas.

A esto le sigue la Acción 33: Nos aseguraremos de que la ciencia, la tecnología y la innovación contribuyan a que todos disfruten plenamente de los derechos humanos.

El documento desconoce la tensión que hay entre las Acciones 32 y 33, ni los debates que durante décadas han mantenido diversas instituciones multilaterales, incluyendo a la ONU, la Organización Mundial de la Salud, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y la Organización Mundial del Comercio, sobre las deficiencias del sistema de propiedad intelectual, especialmente en lo referente a alcanzar el derecho humano a la salud. Garantizar el acceso a los medicamentos de cara a una potente protección de la propiedad intelectual, ha supuesto un enorme reto para los países de medianos y bajos ingresos, al igual que lo han sido las carencias de las innovaciones farmacéuticas para satisfacer las necesidades en materia de salud de las poblaciones menos favorecidas. Entre las deficiencias de las innovaciones en materia de salud se encuentran a) la falta de investigación y desarrollo (I+D) para ofrecer innovaciones críticas, en particular para las poblaciones desatendidas, y b) garantizar el acceso a las innovaciones en salud actuales.

Estas carencias han quedado bien documentadas en las dos últimas décadas. El destacado informe 10/90 (brecha 10/90) sobre investigación en salud [3], publicado en 2002 por el Foro de Investigación en Salud, documentó la falta de I+D para las enfermedades desatendidas. La brecha “10/90” hace referencia al hecho de que menos del 10% de los recursos mundiales dedicados a la investigación en salud se destinan a la salud en los países en desarrollo, donde se producen más del 90% de todas las muertes que se podrían evitar a nivel mundial.

En los años siguientes se crearon varias iniciativas sin ánimo de lucro para el desarrollo de productos. Por ejemplo, en 2003, Médicos Sin Fronteras y otras organizaciones y gobiernos crearon la Iniciativa Medicamentos para Enfermedades Olvidadas (DNDi). La Alianza Mundial para la Investigación y Desarrollo de Antibióticos (GARDP o Global Antibiotic Research and Development Partnership) y el Acelerador Biofarmacéutico para Combatir las Bacterias Resistentes a los Antibióticos se han creado para cubrir las necesidades en materia de desarrollo de antibióticos [4, 5]. Las empresas que dependen de la propiedad intelectual han abandonado la I+D de nuevos antibióticos por sus escasas posibilidades de rentabilidad. Al fin y al cabo, los nuevos antibióticos se deben utilizar con moderación —para evitar que se desarrolle resistencia con rapidez— y no se pueden comercializar de forma excesiva. La resistencia a los antimicrobianos es una amenaza para todo el planeta; proteger la propiedad intelectual no contribuye a la capacidad de crear las innovaciones necesarias para abordar esta amenaza.

Las iniciativas de I+D sin ánimo de lucro han aportado varios productos importantes, pero asegurar financiación para su trabajo sigue siendo un reto.

En 2006, la Comisión de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública (CIPIH o Commission on Intellectual Property, Innovation and Public Health) de la OMS llamó la atención sobre la necesidad de cambiar la forma de priorizar y financiar la I+D en salud [6]. Su informe enumera 60 recomendaciones para aumentar el acceso y avanzar hacia un sistema de innovación más orientado a las necesidades en materia de salud.

A raíz del informe de la CIPIH, la OMS formuló una Estrategia Mundial y Plan de Acción sobre Salud Pública, Innovación y Propiedad Intelectual, adoptados por la Asamblea Mundial de la Salud en 2008 y que siguen vigentes en la actualidad [7]. La Estrategia incluye medidas para ampliar los incentivos para la innovación en salud, más allá de los monopolios de propiedad intelectual, como bancos de patentes, fondos de premios y modelos de desvinculación. Algunos de ellos se están implementando actualmente para el desarrollo de fármacos antibióticos. La estrategia también incluye la propuesta de “fomentar nuevos debates exploratorios sobre la utilidad de posibles instrumentos o mecanismos para la I+D esencial en materia de salud y biomedicina, incluido, entre otras cosas, un tratado esencial sobre salud y biomedicina”.

El borrador del Pacto de Futuro tampoco tiene en cuenta estos cambios. No reconoce el importante papel de la financiación pública en las innovaciones. Tomemos, por ejemplo, las vacunas covid-19, que se desarrollaron a una velocidad récord, gracias a que los gobiernos financiaron los esfuerzos de I+D para desarrollar vacunas y tratamientos con más de US$90.000 millones procedentes del presupuesto público [8], lo que permitió distribuir rápidamente las vacunas, aunque inicialmente solo se hiciera en los países ricos. No solo no se suministró la vacuna a los países de medianos y bajos ingresos, sino que tampoco se compartió la tecnología y los conocimientos necesarios para producir la mayoría de las vacunas covid-19 a nivel local o regional.

El banco de Acceso Mancomunado a Tecnología contra la covid-19 de la OMS nunca fue poseedor de ninguna tecnología relacionada con las vacunas. La transferencia bilateral de tecnología y conocimientos a los fabricantes de los países en desarrollo solo se produjo para la vacuna de la Universidad de Oxford/AstraZeneca. Los fabricantes de vacunas de ARNm prometieron establecer capacidad de fabricación en África, pero Moderna ha abandonado esos planes [9]. BioNTech sigue adelante con el establecimiento de su planta de fabricación en Ruanda con una subvención de US$145 millones por parte de la Coalition for Epidemic Preparedness Innovations (CEPI o Coalición para las Innovaciones en Preparación para Epidemias) [10]. (En 2022 Pfizer/BioNTech generó US$100.000 millones en ventas de vacunas covid-19) [11]. En respuesta a la falta de intercambio de tecnologías de ARNm, la OMS, el Banco de Patentes de Medicamentos (MPP o Medicines Patent Pool) y otros crearon el centro de transferencia de tecnología para las vacunas de ARNm en Sudáfrica, que está desarrollando su propia tecnología de ARNm con el objetivo de transferirla a otros países [12].

Desde la adopción del Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) en 1994, se han alcanzado altos niveles de protección a la propiedad intelectual en todo el mundo. La compensación que prometía el Acuerdo sobre los ADPIC era que los niveles más elevados de protección a propiedad intelectual darían lugar a transferencias de tecnología por parte de los países de ingresos altos a los de ingresos más bajos, y que los beneficios de esta transferencia de tecnología, que crearía actividades industriales y de investigación en los países de ingresos más bajos, compensarían el coste de la ampliación de los niveles de protección de propiedad intelectual. Sin embargo, la promesa de aumentar la actividad de I+D, para satisfacer las necesidades no cubiertas de los pobres en materia de salud, no se ha cumplido. Tampoco se ha cumplido la promesa de aumentar la transferencia de tecnología [13].

El fracaso en cuanto a la transferencia de conocimientos y tecnologías sobre las vacunas durante la pandemia de covid-19 sigue siendo un punto crítico en las negociaciones en curso para un Tratado sobre Pandemias, que se están llevando a cabo en la Organización Mundial de la Salud [14, 15]. Los países de medianos y bajos ingresos buscan compromisos más firmes para intercambiar las tecnologías y los conocimientos necesarios para fabricar los productos esenciales para responder a una pandemia.

Podemos remontarnos más atrás en el tiempo: la pandemia del VIH no se podría haber abordado sin el desarrollo de los antirretrovirales. Los primeros medicamentos contra el VIH fueron desarrollados principalmente por los Institutos Nacionales de Salud de EE UU (NIH o National Institutes of Health) con financiación del gobierno. Sí, la propiedad intelectual y los monopolios de mercado animaron a las empresas farmacéuticas a sacar los antirretrovirales al mercado, pero al principio las empresas solo se centraron en los mercados lucrativos donde podían maximizar sus ganancias. A principios de 2000, los antirretrovirales no estaban disponibles en el mundo en desarrollo, que concentraba a más de 30 millones de personas con VIH. No fue hasta que se eliminaron las barreras de la propiedad intelectual que los medicamentos genéricos de bajo precio contra el VIH estuvieron disponibles. Esto no ocurrió de la noche a la mañana, y se exigió una acción política a todos los niveles, incluyendo a la ONU y a la OMC, que en 2001 adoptaron la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública, en la que se reconocía la preocupación por los efectos de la protección a la propiedad intelectual sobre los precios de los productos para la salud [16].

Por desgracia, la lucha por el acceso a los antirretrovirales continúa. La empresa Gilead, que alguna vez estuvo al frente en la concesión de licencias al Banco de Patentes de Medicamentos, hoy se niega a compartir la propiedad intelectual de su medicamento de acción prolongada contra el VIH, lenacapavir. El producto ha demostrado una eficacia del 100% en la prevención de las infecciones por VIH. Cada año se producen 1,3 millones de nuevas infecciones por el VIH. Según ONUSIDA, estudios recientes han demostrado que el lenacapavir podría acabar con el VIH [17]. Pero acabar con el VIH no es algo que esté a la vista con el precio actual de US$42.250 por persona y año, y sin licencias al Banco de Patentes de Medicamentos que permitan la producción de medicamentos genéricos, cuyo precio estimado es de US$42,50 por persona y año.

En 2015, el entonces secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, creó el Grupo de Alto Nivel sobre Innovación y Acceso a las Tecnologías de Salud para “revisar y analizar propuestas y recomendar soluciones para remediar la incoherencia política entre los derechos justificables de los inventores, el derecho internacional de los derechos humanos, las normas comerciales y la salud pública en el contexto de las tecnologías para la salud”. El Panel publicó su informe en 2016 [18]. Los redactores del Pacto se beneficiarían de las numerosas recomendaciones que hace el Panel, puntualmente sobre la referente a que la financiación pública para la investigación debería exigir que se compartan los resultados de la investigación y que se concedan licencias de propiedad intelectual, incluso a través de bancos de patentes, para promover la transferencia de tecnología y permitir un amplio acceso a las innovaciones.

Las medidas en el borrador del Pacto para el Futuro en materia de propiedad intelectual parecen estar basadas en ideas obsoletas sobre el papel que esta desempeña, e ignoran la gran cantidad de evidencias sobre las limitaciones del sistema de propiedad intelectual como principal impulsor de la innovación y los retos de los precios de monopolio de los productos para la salud, en particular en los países de medianos y bajos ingresos. Un Pacto para el Futuro que sea relevante para el porvenir debería contener acciones vanguardistas y audaces para la innovación en salud y adoptar una gama más amplia de incentivos para las innovaciones en salud, más allá de la propiedad intelectual, que garanticen que todos los que lo necesiten puedan acceder a estas innovaciones.

Referencias

  1. Pact for the Future: Rev.3. United Nations. August 27, 2024. https://www.un.org/sites/un2.un.org/files/sotf-pact-for-the-future-rev.3.pdf
  2. Summit of the Future 2024. United Nations. (n.d.). https://www.un.org/en/summit-of-the-future
  3. The 10/90 Report on Health Research 2001-2002. (n.d.). ETH Zurich. https://www.files.ethz.ch/isn/20296/1090.02_full_text.pdf
  4. GARDP | Global Antibiotic Research and Development Partnership. GARDP. (n.d.). https://gardp.org/
  5. Home – Carb-X. (n.d.). https://carb-x.org/
  6. Research for Health (RFH). Public health, innovation and intellectual property rights. January 1, 2006. https://www.who.int/publications/i/item/9241563230
  7. Global strategy and plan of action on public health, innovation and intellectual property. World Health Organization. 24 May, 2008. https://apps.who.int/gb/cewg/pdf_files/A61_R21-en.pdf
  8. Hoecklin, M. €93 billion spent by public sector on COVID vaccines and therapeutics in 11 months, finds new research. Health Policy Watch. January 13, 2021. https://healthpolicy-watch.news/81038-2/
  9. Adepoju, P. Moderna stalls on African vaccine manufacturing plans. The Lancet. April 27, 2024. https://www.thelancet.com/journals/lancet/article/PIIS0140-6736(24)00858-4/abstract
  10. Kansteiner, F. BioNTech, flush with $145M from CEPI, looks to expand mRNA vaccine production in Africa. Fierce Pharma. May 30, 2024. https://www.fiercepharma.com/pharma/biontech-flush-145m-cepi-looks-expand-mrna-production-africa
  11. Escande, P. “Pfizer and BioNTech flooded the world with doses of Covid-19 vaccine, now they have to take them back.” Le Monde. October 19, 2023. https://www.lemonde.fr/en/economy/article/2023/10/19/pfizer-and-biontech-flooded-the-world-with-doses-of-covid-19-vaccine-now-they-have-to-take-them-back_6188252_19.html
  12. The mRNA vaccine technology transfer hub. World Health Organization. April 20, 2023. https://www.who.int/initiatives/the-mrna-vaccine-technology-transfer-hub
  13. ‘t Hoen, E. VIEWPOINT Protecting Public Health through Technology Transfer: The Unfulfilled Promise of the TRIPS Agreement. Health and Human Rights Journal. December 7, 2022. https://www.hhrjournal.org/2022/12/viewpoint-protecting-public-health-through-technology-transfer-the-unfulfilled-promise-of-the-trips-agreement/#_ednref12
  14. Perehudoff, K., ‘t Hoen, E., Mara, K., et al. A pandemic treaty for equitable global access to medical countermeasures: seven recommendations for sharing intellectual property, know-how and technology. BMJ Global Health. July 15, 2022. https://gh.bmj.com/content/bmjgh/7/7/e009709.full.pdf
  15. Intergovernmental Negotiating body. (n.d.). World Health Organization. https://inb.who.int/
  16. WTO. Ministerial conferences – Doha 4th Ministerial – TRIPS declaration. World Trade Organization. (n.d.). https://www.wto.org/english/thewto_e/minist_e/min01_e/mindecl_trips_e.htm
  17. New HIV drug can only offer hope of ending AIDS if all have access, UNAIDS says. UNAIDS. (n.d.). https://www.unaids.org/en/resources/presscentre/pressreleaseandstatementarchive/2024/july/20240710_lenacapavir
  18. Final report — High-Level Panel on Access to Medicines. (n.d.). High-Level Panel on Access to Medicines. https://www.unsgaccessmeds.org/final-report
creado el 6 de Diciembre de 2024