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América Latina

Ecuador. Código de Salud plantea que genéricos tengan prioridad
Jeeyla Benítez, 4 de septiembre de 2013
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A través de 10 artículos, el proyecto de Ley Orgánica General de Salud pretende normar la operación de las farmacias.

El documento -también conocido como Código de Salud- que está en manos de la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional, plantea un control en los horarios de atención de estos establecimientos, pretende normar la automedicación; propiciar la venta de genéricos; controlar las fechas de caducidad de las medicinas, etc.

En ese sentido, el artículo 281 señala que "las farmacias deberán atender al público mínimo 12 horas diarias, ininterrumpidas".

Además, establece que estos locales requieren necesariamente para su funcionamiento la dirección técnica y responsabilidad de un profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico, quien brindará atención farmacéutica especializada.

Este planteamiento es cuestionado por René Viteri, presidente de la Asociación de Propietarios de Farmacias Independientes Quito Luz de América, quien considera que los bioquímicos deben estar en los lugares donde se preparan las medicinas y no en los locales donde se expenden los productos.

Además, señala que si las recetas son expedidas por los médicos, no tiene sentido que un químico farmacéutico trabaje en estos locales.

Viteri, quien también es propietario de una farmacia ubicada en el Centro Histórico de Quito, prevé asistir hoy al seno de la Comisión de Salud para solicitar -entre otras cosas- que se revea este planteamiento, pues considera que las farmacias de barrio, a las que representa, no contarán con el dinero suficiente para contratar a este tipo de profesionales.

Otro punto que plantea el Código de Salud, que contiene 440 artículos y 177 páginas, es que la receta emitida por los médicos debe contener obligatoriamente "y en primer lugar, el nombre genérico del medicamento prescrito; de igual forma quien venda medicamentos informará obligatoriamente al comprador sobre la existencia del medicamento genérico y su precio".

Además, los expendedores de farmacias no podrán recomendar la utilización de medicamentos que requieran receta médica o cambiar la sustancia activa prescrita, sin la autorización escrita del médico. Tampoco se aceptarán recetas ilegibles o alteradas.

Otro control que propone el proyecto de Ley tiene que ver con la fecha de caducidad de las medicinas. Así, 60 días antes de la fecha de vencimiento de los medicamentos, las farmacias y botiquines notificarán a sus proveedores, quienes tienen la obligación de retirar dichos productos y canjearlos de acuerdo con lo que establezca la reglamentación elaborada por la Agencia Nacional Sanitaria de Control, que será como una especie de Superintendencia.

Más del proyecto
El texto fue presentado el primer semestre del 2012 por Carlos Velasco, quien preside la Comisión de Salud, y Víctor Quiroga, de la bancada oficialista.

modificado el 28 de noviembre de 2013